Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 164/2024
Nueve de Julio, 01/02/2024
BONIFICACION FUNCIONARIOS.
Visto
La necesidad de establecer bonificaciones para los distintos funcionarios y responsables de dirección municipales adecuándolos a la Ley Orgánica de las Municipalidades, a la ordenaza Nº 5293/2013 y al Decreto Nº 1774 del año 2014.
Considerando
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 179 inciso 2), la Ordenanza Nº 5293/13 en su artículo 13 inciso a) y el Decreto Nº 1774 de año 2014 establecen las bonificaciones por “bloqueo de título“, “dedicación exclusiva“ y disposición permanente“.
Que corresponde ajustar a dicho marco normativo la situación de los diferentes funcionarios y responsables de dirección municipales.
Que siendo los mismos auxiliares del señor Intendente, corresponde a éste dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello, la Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1°: Bonificación por dedicación exclusiva: Establézcase a partir del día 01 de Enero de 2024 la bonificación por “Dedicación exclusiva” a los funcionarios que a continuación se detallan, en el porcentaje sobre su haber básico que en cada caso se determina:
Director General de RR.HH. 30% - Maria Reguiro.
Director General de Hogar de Ancianos 25% - Nancy Amado.
Director General Ingresos Públicos 20% - Maria Fernanda Bancora.
Secretario de Vivienda y Urbanismo 20% - Eduardo Martin Banchero.
Asesor de Legal y Técnica 10% - Miriam Aurora Lorenzo.
Subsecretaria de Obras y Servicios Publicos 30% - Cristian Ariel Poggi.
Director General de Deportes 25% - Ariel Pesce.
Director General de Cultura 30% - Maria Celia Velez.
Director General de Prensa 5% - Carlos Alberto Saizar.
ARTICULO 2°: Bonificación por disposición permanente: Establézcase a partir del día 01 de Enero de 2024 la bonificación por “Disposición permanente” a los funcionarios que a continuación se detallan, en el porcentaje sobre su haber básico que en cada caso se determina:
Secretario de Gobierno 90% - Victor Hugo Altare.
Subsecretario de Contrataciones 30% - Pablo Sebastian Bonfiglio.
Secretario de Administración y Hacienda 30% - Victor Manuel Bordone.
Secretario de Obras y Servicios Públicos 70% - Juan Pablo Boufflet
Secretario de Desarrollo Comunitario 30% - Maria Alejandra Marquez.
Coordinadocion financiera 25% - Rene Salvador Rojas.
Jefa de Gabinete 35% - Joselina Rodriguez.
Subsecretaria de Seguridad Vial 30% - Fabian Beltran.
Secretario de Salud 30% - Tamara Sabrina Vazquez Lagorio.
ARTICULO 3°: Bonificación por bloqueo de título: Establézcase a partir del día 01 de Enero de 2024 la bonificación por “Bloqueo de título” a los funcionarios que a continuación se detallan, en el porcentaje sobre su haber básico que en cada caso se determina:
Secretario de Vivienda y Urbanismo 50% - Edgardo Martin Banchero.
Director General de Vivienda y Urbanismo 50% - Osvaldo Fons.
Director General de Bromatología 30% - Guadalupe D´acunto.
ARTICULO 4°: El gasto que demande la ejecución del presente será imputado en las Partidas Presupuestarias de gastos de personal de las Jurisdicciones que correspondan
ARTICULO 5°: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Administracion y Hacienda.
ARTICULO 6°: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.