Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 7
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/01/2024
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita un adelanto para las empresas de Transporte Público por Colectivos Lemos y Rodríguez S.A. y T.A. San Gabriel S.A. a los efectos de cubrir el gasto que demanda el pago del sueldo de los empleados pertenecientes a dichas empresas, y teniendo en cuenta que dicho requerimiento tiene como objetivo garantizar por parte del municipio el funcionamiento del sistema de transporte público de pasajeros por colectivo basado en la crisis económico financiera que atraviesan las firmas; por lo expuesto y, CONSIDERANDO:
Que la creación del Fondo Compensador Covid-19 para el interior del país, ha surgido como complemento del subsidio que gira mensualmente la Provincia de Buenos Aires en el marco de la problemática sanitaria derivada del Covid-19, y para compensar a las empresas responsables del transporte público urbano de pasajeros, quienes necesitaban de asistencia a los efectos de cubrir parte del déficit proveniente de esa situación de excepción, para luego dar continuidad a ese esquema de asistencia, reconociendo el cuadro de crisis en que aún se desenvuelven las compañías prestatarias del servicio.
Que, al ser el procedimiento de rendiciones y pago de las cuotas correspondientes a las resoluciones que determinan los montos y autorizan los giros del Fondo Compensador, una tarea que conlleva demora para la efectiva percepción por parte de las entidades beneficiarias, y siendo relevante para las empresas poder sortear la situación crítica que están atravesando, es que se venía implementando con el Municipio, una dinámica de adelantos a las compañías, los que intentaban aproximarse al importe que a cada una le correspondía percibir en función de las Resoluciones del Ministerio de Transporte, pero que siempre se encontraban distantes de ser el valor finalmente liquidado.
Que hasta el momento el Municipio de Bahía Blanca ha recibido el pago de la Cuota 04/2023 correspondiente a las empresas Lemos & Rodríguez, Transporte Automotor San Gabriel S.A y Bahía Transporte Sapem, quedando pendiente los ingresos correspondientes a los meses de mayo y hasta diciembre de año 2023, teniendo en cuenta el compromiso de fondos del Ministerio de Transporte de Nación para el año 2023 según Resoluciones MT 361/2023, 423/2023, 532/2023 y 608/2023. Esta situación refleja la demora en la efectiva percepción de dinero por parte de las sociedades involucradas, fondos que son sumamente necesarios en un momento crítico como el que se encuentra atravesando el sector.
Que la Subsecretaría de Movilidad Urbana y Transporte a fojas 1 expone: “Que a la fechas las empresa de transporte público de pasajeros de la ciudad de Bahía Blanca, específicamente las empresa Lemos y Rodriguez y T.A. San Gabriel S.A. han manifestado la imposibilidad de abonar los salarios pertenecientes al mes de diciembre de 2023 y en consideración a que se mantiene la deuda del Gobierno Nacional relacionado con el Fondo Compensador adeudado desde mayo de 2023, se hace necesario la instrumentación de un mecanismo que adelante fondos para que las firmas hagan frente al pago de los salarios.
Que a dichos fines luego de una reunión mantenida con representantes de ambas firmas se solicita un préstamo de $80.000.000,00 para cada una de ellas para poder afrontar dichas obligaciones, encontrándose garantizado el recupero de los fondos con la deuda existente del fondo de compensación 2023. En tal sentido se están realizando las gestiones ante el Gobierno Nacional para que salde la totalidad de la deuda por el Fondo Compensador 2023 establecido por la ley 27.467.
Que, con dicho desembolso las empresas podrán solucionar de emergencia la problemática de la totalidad de sus trabajadores y por ello que ante el incumplimiento del Gobierno Nacional se hace menester hacer lugar al presente pedido a los fines de garantizar la continuidad del servicio del transporte público de pasajeros para todos los vecinos de la ciudad de Bahía Blanca.
Es decir entonces, que se solicita la suma de $80.000.000,00 para la empresa T.A. San Gabriel S.A. y la suma de pesos $80.000.000,00 para Lemos y Rodriguez S.A..
En ese contexto, la presente se realiza a los fines de superar los escollos financieros mencionados, y al aguardo de la efectiva percepción de los fondos antes referidos, de los cuales se están reclamando de manera continua y permanente, de los que se espera un pronto cobro total de lo adeudado por el año 2023 de acuerdo a lo informado por las autoridades competentes.”
Por todo ello, y atento las notas presentadas por las empresas Lemos y Rodríguez S.A. y T.A. San Gabriel S.A. a fojas 2 y 3 del presente expediente, la imputación de la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General y el visto bueno del Secretario de Economía, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Autorizar al Departamento de Contaduría General a efectuar orden de pago y transferencia bancaria a la empresa de Transporte Público por Colectivos Lemos y Rodríguez S.A, C.U.I.T N.º 30-54634701-6, por la suma total de PESOS OCHENTA MILLONES ($80.000.000.), monto que corresponde al pago de un préstamo a corto plazo, a los efectos de mantener la operatividad y dar cumplimiento a las obligaciones salariales correspondientes.
ARTICULO 2º)- Autorizar al Departamento de Contaduría General a efectuar orden de pago y transferencia bancaria a la empresa de Transporte Público por Colectivos T.A. San Gabriel S.A, C.U.I.T N.º 30-71234878-6, por la suma total de PESOS OCHENTA MILLONES ($80.000.000.), monto que corresponde al pago de un préstamo a corto plazo, a los efectos de mantener la operatividad y dar cumplimiento a las obligaciones salariales correspondientes.
ARTICULO 3°)- Dejase constancia que el monto otorgado en el Artículo 1º y 2° de la presente resolución será compensado de futuros desembolsos en concepto del subsidio a percibir por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº27.467 Inciso A) Artículo 125 por medio de la cual se reglamenta el Fondo Compensador al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País; y/o en su defecto mediante otras acreencias que el Municipio tenga con las empresas.
ARTICULO 4°)- Los montos indicados en los Artículos 1º y 2º del presente acto administrativo serán imputados a la Fuente 110, Jurisdicción 1110125000, Cat. Prog. 16.00.00, Gasto 6.2.1.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, notifíquese a la empresa de Transporte Público por Colectivos Lemos y Rodríguez S.A y T.A. San Gabriel S.A, tomen nota la Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General; dése al R.O, cumplido: ARCHÍVESE.-