Boletines/San Vicente

Decreto Nº187

Decreto Nº 187

San Vicente, 23/01/2024

Visto

El Expte. Nº 4108-I-90758-2024-00, por medio del cual tramita la Licitación Pública Nº 1/2024, “Programa MESA – Modulo Extraordinario para la Seguridad Alimentaria”, y;

Considerando

Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Licitación Pública Nº 1/2024, “Programa MESA – Modulo Extraordinario para la Seguridad Alimentaria”;

Que a fs. 15/45 vta. se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con la presente Licitación Pública;

Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

 

Por ello,

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:        Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Licitación Pública N° 1/2024, “Programa MESA – Modulo Extraordinario para la Seguridad Alimentaria”.

ARTÍCULO 2°:        Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública.

ARTÍCULO 3°:        Autorízase a la Dirección General de Compras a realizar las publicaciones por (2) dos días en el Boletín Oficial y en otros medios de publicación gráfica y/o digital, en cumplimiento con lo preceptuado por el art. 153° de la Ley Orgánica de Municipalidades.

ARTÍCULO 4°:        El presupuesto oficial por la presente Licitación Pública asciende a la suma de pesos un mil ciento un millones novecientos dieciocho mil ochenta y dos con 20/100 ($1.101.918.082,20).

ARTÍCULO  5°:       Las propuestas de esta Licitación Pública serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 23 de febrero de 2023, a las 9:00 hs.

ARTÍCULO  6°:       El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110136000 - Secretaría de Gestión Descentralizada.  Unidad Ejecutora: 50 – Desarrollo de la Comunidad. Dependencia: 2351 – Proyecto Mesa. Fuente de Financiamiento: 132 – De Origen Provincial.

ARTÍCULO  7°:       El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Planificación  y Gestión Institucional.

ARTÍCULO 8°:        Regístrese, comuníquese, archívese.