Boletines/General Villegas
Resolución Nº 655/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 10/11/2023
VISTO:
El Expediente Nº 10978/22, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Lorena Noris Ferreyra, dedicado a la explotación del rubro “Calzados – Perfumería - Regalería”, con fecha de alta 12 de octubre de 2022, registrado como Contribuyente Nº 24; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 10978/22 Alcance 1, agregado a fojas 41, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 31 de julio de 2023; cumplimentando así, con la legislación vigente.
Que mediante Acta Nº 11041, realizada el 14 de agosto de 2023, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (folio 43).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 48, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 51 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 31 de julio de 2023, del comercio perteneciente a la señora LORENA NORIS FERREYRA, DNI Nº 24.694.158, Contribuyente Nº 24, habilitado con el rubro “CALZADOS – PERFUMERIA - REGALERIA”, denominación comercial “ESPACIO UNICO”, Codificadores de Rentas Nº 62200-08, 62200-04 y 62500-02, NIS Nº 1560867-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Rómulo Parra Nº 110 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 29, Manzana 29D, Parcela 6, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 10978/22.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.