Boletines/General Villegas
Resolución Nº 633/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 03/11/2023
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4598/07, correspondientes a la habilitación provisoria de un comercio perteneciente a la señora Sebastiana Barrios Bogarín, dedicado a la explotación de los rubros “Salón de Belleza - Artículos de Tocador”, Contribuyente Nº 935; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 4598/07 Alcance 5, agregado al principal como foja 168, la titular del comercio informa el traslado de la actividad comercial al local sito en calle Mariano Moreno Nº 538, de esta ciudad.
Que a fojas 170 el Departamento Catastro suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que registra plano de obra aprobado.
Que a fojas 196 Departamento de Rentas informa que la contribuyente no registra deuda.
Que a fojas 202 y 203 mediante el Acta de Inspección Nº 12602 y Censo de Comercio e Industria Nº 11152, declara no poseer empleados en relación de dependencia.
Que a fojas 216, la División Comercio e Inspección solicita se registre el traslado provisorio del comercio.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo II - Artículo Cuarto - Inciso 5 - (Título de propiedad del inmueble, Contrato de Locación o de Comodato).
Que a fojas 220 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado del comercio dedicado a la explotación del rubro “Salón de Belleza - Artículos de Tocador”, denominación comercial “Salón de Belleza Unisex ”, perteneciente a la señora Sebastiana Barrios Bogarín, D.N.I. Nº 92.647.168, Contribuyente Nº 935, NIS Nº 15811232-04 - T1G - Servicios Generales, no contando con empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Mariano Moreno Nº 538 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 36, Parcela 3, a partir del día 8 de septiembre de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora Sebastiana Barrios Bogarín, D.N.I. Nº 92.647.168, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: Lo dispuesto en la presente resolución queda supeditado al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto el presente traslado.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.