Boletines/General Villegas
Resolución Nº 566/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 25/09/2023
VISTO:
El Expediente Nº 3444/15, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Gisela Pamela Sánchez, dedicado a la explotación del rubro “Peluquería”, con fecha de alta 1 de marzo de 2015, registrado como Contribuyente Nº 2187; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Nº 8785, realizada el 7 de febrero de 2020, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 35), verificado posteriormente en otras visitas, que no reside más en la localidad.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 42, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que por Expediente Nº 3444/15 Alcance 1, agregado a fojas 50, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, cumplimentando así con la legislación vigente.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 45 y 55 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 7 de febrero de 2020, del comercio perteneciente a la señora GISELA PAMELA SANCHEZ, DNI Nº 32.170.963, Contribuyente Nº 2187, habilitado con el rubro “PELUQUERIA”, denominación comercial “TU LOOK”, Codificador de Rentas Nº 85300-11, Socio Nº 246 - Usuario Nº 0001 - T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Leopoldo Nelson Nº 174 de la localidad de Banderaló, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VI, Sección D, Manzana 9, Parcela 8f, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 3444/15.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.