Boletines/General Villegas

Resolución Nº514/23

Resolución Nº 514/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 01/09/2023

VISTO:

El Expediente Nº 7091/21, iniciado por el señor Ross Becker Cáceres Cruz, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Venta de Indumentaria Deportiva”, desde el día 30 de julio de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 21 y 22, se adjunta el Acta de Inspección     Nº 11169 y el Censo de Comercio e Industria Nº 9569, mediante el cual declara contar con dos (2) empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 24, el Departamento Catastro suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que registra plano de obra aprobado.

Que a fojas 32 y 33, se adjunta el Acta de Inspección     Nº 11859 y el Censo de Comercio e Industria Nº 12334, mediante el cual declara contar con un (1) empleado en relación de dependencia.

Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 45, requiriendo otorgar la habilitación del mismo.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 50, informando que no posee inmuebles y/u otro comercio a su nombre en este Partido.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que ha cumplimentado la totalidad de los requisitos exigidos en la Ordenanza Nº 3666.

Que a fojas 54 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE DEL MUNICIPAL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Venta de Indumentaria Deportiva”, denominación comercial “Mabri Sport”, del señor Ross Becker Cáceres Cruz - D.N.I Nº 94.838.117, Codificador de Rentas Nº 62200-05, NIS Nº 1050151-07 - T1G - Servicios Generales, contando con dos (2) empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Arenales N° 391 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I- Sección A- Manzana 28- Parcela 22b, fecha de apertura 30 de julio de 2021.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja de dos (2) empleados en relación de dependencia, a partir del 25 de agosto de 2021, según Censo de Comercio e Industria Nº 9374.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la Incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, a partir del 18 de abril de 2023, según Censo de Comercio e Industria N° 12334.

ARTÍCULO CUARTO: La habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia

ARTÍCULO QUINTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación comercial dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección General, Departamento Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Bromatología, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.