Boletines/Daireaux
Decreto Nº 0081/2024
Daireaux, 22/01/2024
Viaticos enfermeros - choferes
Visto
La necesidad de establecer valores de viáticos para el personal municipal que realice funciones de traslado en general, por fuera de los específicamente reconocidos por Decreto Mpal., tal el caso del personal de enfermería que acompaña en traslado a pacientes rigiendo hasta el día de la fecha el Decreto Mpal. Nro. 1017/2023, y
Considerando
Que dichos valores deben cumplir con un encuadramiento para cada actividad, acorde a la función específica;
Que es necesario adecuar los valores al gasto mínimo en que incurren los agentes en cada viaje, al que asisten en cumplimiento con la tarea asignada;
Que dicho valor no condice con la situación económica actual, como consecuencia del costo de los elementos de la canasta familiar, encontrándose por debajo del gasto mínimo en que incurren los agentes en cada viaje, al que asisten en cumplimiento con la tarea asignada, máxime cuando se trata de viajes de larga distancia donde están fuera por un largo tiempo horario debiendo abonarse sus gastos;
Que ello afecta la voluntad de los agentes, repercutiendo en la calidad obtenida de la prestación de sus servicios, como así también de la cantidad de agentes disponibles para el cumplimiento de dicha tarea, por lo que el Municipio considera que debe readecuar los valores establecidos procurando que los beneficios de los agentes estén acorde con su labor;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Déjase sin efecto en todos sus términos lo dispuesto por Decreto Municipal Nº 1017/2023.----------------------------------------------------
ARTICULO 2º. Establécese, a partir del día de la fecha, para el personal de enfermería que acompaña en traslado de pacientes, los siguientes importes en concepto de viáticos, por kilómetro recorrido, incluyendo los de ida y vuelta, de acuerdo al siguiente detalle: -----------------------------------------------
Kilómetros |
|
|
DESDE |
HASTA |
IMPORTE |
50 |
150 |
$ 1.530.00 |
151 |
300 |
$ 2.450.00 |
301 |
600 |
$ 3.980.00 |
601 |
1000 |
$ 6.120.00 |
ARTICULO 2º. Establécese, a partir del día de la fecha, para el personal afectado a las tareas de choferes, por fuera del horario de trabajo asignado, cuyo viático no esté reglamentado por Decreto Municipal, los siguientes importes en concepto de viático, por kilómetro recorrido, incluyendo los de ida y vuelta, de acuerdo al siguiente detalle: ------------
Kilómetros |
|
|
DESDE |
HASTA |
IMPORTE |
50 |
300 |
$ 2.150.00 |
301 |
600 |
$ 3.370.00 |
601 |
1000 |
$ 5.200.00 |
ARTICULO 3º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.----------------------------------------------