Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 0887/18
Pellegrini, 14/05/2018
D E C R E T O Nº 0887/18
Visto
El Decreto – Ley Nº 9650/80, la Ley Nº 13.547 y el Expediente Nº 4086-885/17; y
Considerando
Que a fojas 226 del expediente citado luce el informe del Departamento de Control Médico de evaluación de incapacidad laboral realizada al agente municipal Rafael CABRAL, D.N.I. Nº 16.093.272, concluyendo que el mismo constituye un paciente con una incapacidad laboral en grado invalidante, de carácter total y permanente, de un 70% (setenta por ciento);
Que, en consecuencia, el agente municipal, quien reviste en el cargo de Peón General, Categoría 20, Personal Obrero de la Planta Permanente de la Municipalidad de Pellegrini, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios, para obtener la prestación por Invalidez;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Dése de baja a partir del día 14 de mayo de 2.018, al agente municipal Rafael CABRAL, D.N.I. Nº 16.093.272, Legajo Nº 464, Peón General, Categoría 20, Personal Obrero de la Planta Permanente de la Municipalidad de Pellegrini, para acogerse a los beneficios jubilatorios y obtener la prestación por Invalidez.
ARTICULO 2º: Abónese el pago mensual correspondiente al Anticipo Jubilatorio, de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 1º de la Ley Nº 13.547.
ARTICULO 3º: Autorízase a Contaduría a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo segundo del presente Decreto.
ARTICULO 4º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.