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Decreto Nº0853/18

Decreto Nº 0853/18

Pellegrini, 03/05/2018

D E C R E T O   Nº 0853/18

Visto

La Ordenanza Municipal Nº 990/07 de fecha 23 de Agosto de 2.007 y la Ordenanza Municipal Nº 1.163/12 de fecha 20 de Septiembre de 2.012;

Considerando

Que, la primera ordenanza instituye el Sistema de “Guardias Activas” en el Hospital Municipal Dr. Guillermo del Soldato, para los días sábado, domingo y feriados.

Que, la segunda ordenanza modifica el artículo 4º de la anterior, fijando un nuevo límite en kilómetros para la compensación por “Movilidad”.

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la primera ordenanza, el Departamento Ejecutivo debe fijar a través de un decreto, el valor de las “Guardia Activas” para el corriente Ejercicio, respetando el límite del 35 % del sueldo básico de los médicos de la Escala Salarial para la Planta Permanente en vigencia.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Fijase, a partir del 01 de Mayo del corriente año, la suma de pesos: SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA ($ 7.430,00) para el valor de las “Guardias Activas” realizadas por los profesionales médicos por cada 24 Hs. Las que serán informadas por la dirección del nosocomio.

ARTICULO 2º: Autorízase a Contaduría a abonar los importes, que como compensación y por el concepto de “Guardias Activas” correspondan, los cuales serán imputados a la Jurisdicción: 1110105000 “Secretaría de Desarrollo Social, Salud y Medio Ambiente”, Categoría Programática: 21. “Atención Pública de la Salud”, Actividad 01. “Atención Médica en Unidades con Internación”, 3.4.2.0. “Servicios Médicos y Sanitarios”.

ARTICULO 3º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.