Boletines/San Vicente

Decreto Nº148

Decreto Nº 148

San Vicente, 17/01/2024

Visto

El Expte. N° 4108-V-89796-2023-00 por medio del cual la señora Liliana Lucia ROMANO, titular del DNI Nº 12.501.578, solicita la acreditación de pago erróneo efectuado en la Partida Nº 14941 perteneciente a la Tasa de Servicios Especiales Urbanos, en el Convenio Nº 96-3417 por la suma de pesos setenta y un mil seiscientos cuarenta con veinticuatro centavos ($ 71.640,24), y;

 

Considerando

                                  Que a fs. 1/4 vta. se adjunta copia simple de DNI, comprobantes de pago y boleta de servicios;

                                  Que a fs. 7 la Dirección de Tesorería, informa que se verifica el pago doble realizado;

                                  Que a fs. 8 la Dirección de Rentas acompaña estado de pago erróneo correspondiente a la Partida Nº 14941;

                                  Que la Dirección General de Legal y Técnica solicita a la peticionante que acredite identidad;

                                  Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello;

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:  Convalídese lo actuado por la Dirección de Rentas, en lo relacionado a reconocer el pago erróneo efectuado en el Convenio Nº 96-3471 correspondiente a la Partida Nº 14941 de la Tasa de Servicios Especiales Urbanos, por la suma de pesos setenta y un mil seiscientos cuarenta con veinticuatro centavos ($ 71.640,24).

ARTICULO 2: Convalídese lo actuado por la Dirección de Rentas, en cuanto a aplicar el monto a favor que surge del artículo 1º, al Convenio Nº 96-3476 de la Partida Nº 26163 de la Tasa por Servicios Especiales Urbanos.

ARTICULO 3º: Convalídese lo actuado por la Dirección de Rentas en lo referente a modificar la Partida Nº 14941 de la Tasa por Servicios Especiales Urbanos, a fin de eliminar el pago eróneo realizado.

ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Gobierno.                   

ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, archívese.