Boletines/San Vicente

Decreto Nº112

Decreto Nº 112

San Vicente, 15/01/2024

Visto

El Expte. Nº 4108-V-87525-2023-00, por medio del cual se sustancia lo requerido por el señor Héctor Alejandro REMIGIO, DNI N° 38.667.870, quien solicita abonar la deuda de la Partida N° 8968, y;

Considerando

Que se acompaña boletos de compra venta y copia simple de DNI;

Que a fs. 10/15 la Dirección de Catastro y Tierras efectúa un pormenorizado informe al respecto, y acompaña copy de pantalla, ficha domiciliaria, plano reducido de la zona, listado de titulares de dominio según el Registro de la Propiedad Inmueble, la Base de ARBA y la Base de Datos Municipal;

Que a fs. 15vta/16 la Dirección de Inspección acompaña constatación donde observa que en la parcela se encuentra un cartel de “propiedad privada” como muestra la foto de foja 2;

Que a fs. 20/23 se presenta el peticionante y adjunta detalle de Tasa SEU y recibo de Edesur;

Que a fs. 26 la Dirección de Apremios indica la deuda existente;

Que los instrumentos privados obrantes carecen de certificación de firmas por ante escribano público, y tampoco individualizan la partida inmobiliaria y/o la altura de la calle en la cual se encuentra el inmueble;

Que asimismo, en oportunidad de efectuarse la inspección ocular, según dichos de vecinos no se ha podido determinar que el interesado se encuentra ejerciendo actos posesorios sobre el mencionado inmueble;

Que del recibo de Edesur aportado no surge el que peticionante sea el titular;

Que no habiéndose acreditado posesión efectiva por parte del requirente, correspondería rechazar la petición incoada;

Por ello;

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO  1°:       Recházase la petición incoada por el señor Héctor Alejandro REMIGIO, DNI N° 38.667.870, en el expte. Nº 4108-V-87525-2023-00, en virtud de los considerandos que anteceden.

ARTÍCULO  2°:       El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Gobierno.

ARTÍCULO  3°:       Comuníquese, regístrese, archívese.