Boletines/Arrecifes

Decreto Nº972/17

Decreto Nº 972/17

Arrecifes, 15/12/2017

Visto

El Convenio de Colaboración y Adhesión para la Implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires, “SAME PROVINCIA”, celebrado entre la Municipalidad de Arrecifes y el Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs. As., y;

 

Considerando

Que, el convenio del visto tiene como objeto desarrollar acciones conjuntas para implementar el Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires en el Partido de Arrecifes.

 

            Que, el Ministerio a título gratuito entrega a la Municipalidad la propiedad de una ambulancia de alta complejidad totalmente equipada, y la Municipalidad se hará cargo de todos los gastos de mantenimiento y la contratación de los seguros correspondientes.

 

            Que, el Ministerio transferirá sumas de dinero a la Municipalidad en concepto de subsidio para el funcionamiento del SAME PROVINCIA  y lo hará en 3 etapas, la Primera etapa: Pesos tres millones ciento veinte mil ($3.120.000,00), la Segunda etapa: Pesos un millón quinientos sesenta mil ($1.560.000,00) y la Tercera etapa: Pesos setecientos ochenta mil ($780.000,00).

 

            Que, los fondos transferidos por el Ministerio podrán destinarse para Gastos de Funcionamiento Administrativos tales como alquiler, servicios generales, insumos, etc., y Gastos en Personal según  lo establecido en el Convenio Colaboración y Adhesión.

 

            Que, la Municipalidad deberá seleccionar y de corresponder contratar el personal necesario para la plena ejecución del SAME PROVINCIA, de conformidad con el perfil de recursos humanos  establecido en el manual de procedimiento.

 

            Que, de acuerdo a lo establecido en el párrafo precedente corresponde afectar exclusivamente el personal municipal que prestará los servicios requeridos por SAME PROVINCIA,  por encontrarse dentro de los parámetros y requisitos que se consignan en los perfiles detallados en el Anexo II.B) del Convenio, sin modificar en ningún sentido sus designaciones en los respectivos Decretos, y por lo tanto resulta necesario establecer la nómina de los agentes pertenecientes a la Planta Permanente y/o Personal Temporario que cumplirán tareas efectivamente en SAME PROVINCIA, a saber: Coordinador Médico de Emergencias: RODRIGUEZ, Odilón Oscar; Telefonistas será cubierto por personal municipal: CUBA, Silvia Cristina; VAZQUEZ, Carlos Sebastián; LIPICZ, Julieta Elizabeth; PEREYRA, Claudia Mabel; DE VIRGILIO, Sonia; BARULLI, Luis Alberto; Choferes de Ambulancia: CARRIZO, Leopoldo Aníbal; CHILLIOTTE, Guillermo Raúl; LLADO, Mario Daniel; ZUNGRI; Eduardo Javier, Médicos de Ambulancia: BRALLAR, María de las Mercedes; CASALE, Liliana Mabel; LEYTON, Marlon Antonio; ZAPATA, Alexis Gustavo; BOO, Julieta Magali.  

 

            Que, a los fines de no entorpecer el normal funcionamiento administrativo de la Liquidación de sueldos solo quedaran imputadas, al SAME PROVINCIA, las remuneraciones de los agentes de la Planta Permanente y/o Personal Temporario hasta el importe que se llegue a cubrir con las transferencias  efectuadas por el Ministerio.       

 

            Que, el Convenio tiene vigencia desde el 15 de agosto de 2017 y por el término establecido en  su clausula octava.

 

            Por ello;

 

EL  INTENDENTE  MUNICIPAL  DE  ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º: Créase en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, en la Jurisdicción: 1110104000-Secretaría de Salud, Acción Social y Medio Ambiente, la Apertura Programática: 29.17.00 denominada “SAME PROVINCIA”, en el marco del Convenio de Colaboración y Adhesión para la Implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires, “SAME PROVINCIA”.

 

ARTICULO 2º: Aféctese exclusivamente al SAME PROVINCIA, a los agentes municipales de la Planta Permanente y/o Personal Temporario, sin modificar en ningún sentido sus respectivos nombramientos, a saber:

 

  • Coordinador Médico de Emergencias: RODRIGUEZ, Odilón Oscar.
  • Telefonistas será cubierto por personal municipal: CUBA, Silvia Cristina; VAZQUEZ, Carlos Sebastián; LIPICZ, Julieta Elizabeth; PEREYRA, Claudia Mabel; DE VIRGILIO, Sonia; BARULLI, Luis Alberto.
  • Choferes de Ambulancia: CARRIZO, Leopoldo Aníbal; CHILLIOTTE, Guillermo Raúl; LLADO, Mario Daniel; ZUNGRI; Eduardo Javier.
  • Médicos de Ambulancia: BRALLAR, María de las Mercedes; CASALE, Liliana Mabel; LEYTON, Marlon Antonio; ZAPATA, Alexis Gustavo y BOO, Julieta Magali.

 

 ARTICULO 3º: Impútense a la Apertura Programática: 29.17.00 denominada “SAME PROVINCIA” los Gastos en Personal  hasta el importe que corresponda afectar a salarios y los correspondientes a Gastos de Funcionamiento según lo establecido en el Convenio Colaboración y Adhesión.

 

ARTICULO 4º: El gasto que demande la ejecución  del Convenio Colaboración y Adhesión, excepto lo establecido en el Artículo precedente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

 

ARTICULO 5º: Tomen conocimiento las oficinas municipales respectivas para su fiel cumplimiento.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

FIRMADO:

SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL

SR. MAURO MARCELO BOVEDA – SECRETARIO DE HACIENDA