Boletines/Pergamino
Ordenanza Nº 9808/23
Pergamino, 09/11/2023
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL
DE PERGAMINO.-
JAVIER A. MARTINEZ
Su Despacho
EX-2023-3762-PERHCD-HCDD.E. eleva Expte. B-1257-23 SECRETARIA DE GOBIERNO. Proyecto de Ordenanza Ref.: Unificación de prórroga de contratos del Servicio de Provisión de Energía Eléctrica Pergamino.-
VISTO:
Los expedientes iniciados por el Ejecutivo Municipal, unificados al presente Expediente B-1257/2023, con el fin de prorrogar los contratos de Concesión del servicio público de energía eléctrica, en su área de incumbencia, respecto de las siguentes distribuidoras:
1-Cooperativa Eléctrica Rural Limitada de Urquiza. (Expediente A-821/23).
2-Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Vivienda y Crédito Limitada de Pergamino (Expediente A-822-2023).
3- Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de El Socorro Limitada. (Expediente A-824-2023).
4- Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Vivienda y Otros Servicios Públicos Limitada de Guerrico. (Expediente A-825-2023).
5- Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Otros Servicios de Manuel Ocampo Limitada. (Expediente A-826-2023).
6- Cooperativa de Provisión de Electricidad Rural y de otros Servicios Públicos y Sociales Limitada de Mariano H. Alfonzo. (Expediente A-827/23).
7- Cooperativa Eléctrica, Telefónica, vivienda y otros Servicios Públicos de Rancagua Limitada. (Expediente A-828-2023).
8- Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de La Violeta Limitada. (Expediente A-829-2023).
9-Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza. (Expediente A-830-2023).
10- Cooperativa Eléctrica y De Servicios Limitada de Mariano Benítez. (Expediente A-831-2023).
11-Cooperativa de Provisión de Electricidad y Servicios Públicos y Sociales de Viña LTDA. (Expediente A-832-2023), y;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Municipal N° 4643-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica Rural Limitada de Urquiza. Con contrato de concesión suscripto el 12 de agosto de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4546-1997 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Vivienda y Crédito Limitada de Pergamino. Con contrato de concesión suscripto el 28 de noviembre de 1997 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4629/1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de El Socorro Limitada. Con contrato de concesión suscripto el 28 de mayo de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4665-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Vivienda y Otros Servicios Públicos Limitada de Guerrico. Con contrato de concesión suscripto el 13 de agosto de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4627-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Otros Servicios de Manuel Ocampo Limitada. Con contrato de concesión suscripto el 9 de junio de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4628-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa de Provisión de Electricidad Rural y de otros Servicios Públicos y Sociales Limitada de Mariano H. Alfonzo. Con contrato de concesión suscripto el 13 de agosto de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4630-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica, Telefónica, vivienda y otros Servicios Públicos de Rancagua Limitada. Con contrato de concesión suscripto el 28 de mayo de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4652-1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de La Violeta Limitada. Con contrato de concesión suscripto el 9 de junio de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4711--1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza. Con contrato de concesión suscripto el 7 de setiembre de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal N° 4710/1998 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa Eléctrica y De Servicios Limitada de Mariano Benítez. Con contrato de concesión suscripto el 14 de agosto de 1998 por el plazo de 25 años.
Que por Ordenanza Municipal Nº 4931/99 se otorgó la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica a la Cooperativa de Provisión de Electricidad y Servicios Públicos y Sociales de Viña LTDA. Con contrato de concesión suscripto el 19 de febrero de 1999 por el plazo de 25 años.
Que la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires N° 6769/58 establece en el artículo 52: “Corresponde al Concejo disponer la prestación de los servicios públicos..” y en su artículo 53 dispone: “El Concejo autorizará la prestación de los servicios públicos de ejecución directa del Departamento Ejecutivo o mediante organismos descentralizados…cooperativas…”
Que el artículo Nº 231 del decreto-ley antes referenciado establece el plazo por el cual podrán ser otorgadas las concesiones y el procedimiento para su autorización.
Que la ley provincial N° 11769, su decreto Reglamentario N.º 2479/04 y el Decreto N.º 1578/08, marco regulatorio de la energía eléctrica, establece que la Municipalidad ejerce en forma exclusiva las facultades y atribuciones dispuestas en cada caso y define al servicio público de distribución de electricidad.
Que el artículo Nº 20 de la norma dispone que las actividades de energía eléctrica podrán ser prestadas por las Municipalidades titulares de los servicios por derecho propio o delegación convencional, estando obligadas a cumplir con el régimen del marco regulatorio, reconociendo especialmente a las cooperativas entre los distribuidores por su naturaleza y antecedentes.
Que el artículo Nº 24 define a los concesionarios municipales de distribución de energía eléctrica y especifica la obligación de obtener una licencia técnica para ser titular de concesión del servicio de distribución de electricidad.
Que los contratos de concesión municipal suscriptos en el marco de lo establecido por la Ley N.º 11.769, conforme modelo aprobado por el anexo del Decreto N.º1208/97 (derogado por Decreto N.º 2479/04) y por el Decreto N.º 3008/01, prevén la posibilidad de sucesivas prórrogas por el plazo de treinta (30) años cada una, determinándose que para ello se requiere la renovación de las licencias técnicas oportunamente conferidas. Mediante el anexo de la RESO-2022-600-GDEBA-MIYSPGP, se establecen 7 módulos de información que deben acreditar los concesionarios municipales para obtener la renovación de su Licencia Técnica (1- módulo de datos generales, 2 módulo de datos técnicos, 3 módulo de datos económicos, 4 estados contables, 5 módulo de datos complementarios).
Que respecto a las siguientes Cooperativas:
1-Cooperativa de Provisión de Electricidad Rural y de otros Servicios Públicos y Sociales Limitada de Mariano H. Alfonzo con fecha 24 de febrero de 2023se dictó la Resolución RESO-2023-316- GDEBA-MIYSPGP.
2-Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Vivienda y Crédito Limitada de Pergamino se dictó con fecha 14 de junio de 2023 la Resolución RESO-2023-850- GDEBA-MIYSPGP.
3-Cooperativa Eléctrica Rural Limitada de Urquiza se dictó con fecha 27 de marzo de 2023 la la Resolución RESO-2023-434- GDEBA-MIYSPGP.
4-Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Otros Servicios de Manuel Ocampo Limitada se dictó con fecha 3 de abril de 2023 la la Resolución RESO-2023-469- GDEBA-MIYSPGP.
5-Cooperativa Eléctrica, Telefónica, vivienda y otros Servicios Públicos de Rancagua Limitada se dictó con fecha 14 de abril de 2023 la la Resolución RESO-2023-519- GDEBA-MIYSPGP.
6-Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Vivienda y Otros Servicios Públicos Limitada de Guerrico se dictó con fecha 15 de febrero de 2023 la la Resolución RESO-2023-254- GDEBA-MIYSPGP.
Que las resoluciónes “ut supra” referidas, en su parte pertinente dice: “… Que en ese sentido, el organismo de Control de energía de Buenos Aires informa que la Cooperativa ha dado cumplimiento con el procedimiento aprobado por la RESO-2022-600-GDBEA- MIYSPGP, en relación a los módulos N.º 3 “datos económico” y N.º 4 “Estados contables, señalando respecto al módulo N.º 5 “Datos complementarios que no existen en el área de concesión de la distribuidora medidores comunitarios instalados; Que el OCEBA destaca… “el distribuidor de marras continúa brindando el servicio público de distribución de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio…se estima que podría continuarse con el trámite de renovación de la licencia técnica habilitante… la Dirección Provincial de Energía concluye… puede la Subsecretaría de energía propiciar ante la autoridad de Aplicación el otorgamiento al concesionario, de la Licencia Técnica Habilitante… Que habiendo intervenido en el marco de sus competencias la Dirección Provincial de energía, el Organismo de Control de Energía de la Provincia de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Regulación, expidiéndose en sentido favorable a la continuidad del trámite, la Subsecretaria de Energía propicia la renovación de la licencia Técnica Habilitante ante la autoridad Aplicación a favor de la Cooperativa peticionante, la que permitirá tramitar de la autoridad municipal concedente, la prórroga del contrato de concesión de distribución de energía eléctrico… Por ello… RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Renovar la Licencia Técnica otorgada por Resolución Nº 46/98 del entonces Ente Provincial regulador energético, a la “Cooperativa de Provisión de Electricidad Rural y de otros Servicios Públicos y Sociales Limitada de Mariano H. Alfonzo”, Nº 426/97 del entonces Ente Provincial regulador energético a la “Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Vivienda y Crédito Limitada de Pergamino”, Nº 465/97 del entonces Ente Provincial regulador energético a la “Cooperativa Eléctrica Rural Limitada de Urquiza”, Nº 485/97 del entonces Ente Provincial regulador energético a la “Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Otros Servicios de Manuel Ocampo Limitada”, Nº 20/98del entonces Ente Provincial regulador energético a la “Cooperativa Eléctrica, Telefónica, vivienda y otros Servicios Públicos de Rancagua Limitada”, Nº 143/98 “Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Vivienda y Otros Servicios Públicos Limitada de Guerrico”…. para operar el servicio público de distribución de energía aneléctrica, en el área de concesión determinada por el contrato de concesión municipal. ARTÍCULO 2º: Determinar que la presente licencia técnica habilita a la cooperativa a tramitar la prórroga del contrato de concesión municipal, en tanto el poder concedente municipal así lo determine”.
Que las restantes cooperativas: Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de La Violeta Limitada, Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza, Cooperativa de Provisión de Electricidad y Servicios Públicos y Sociales de Viña LTDA, Cooperativa Eléctrica y De Servicios Limitada de Mariano Benítez y la Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de El Socorro Limitada, se encuentran realizando los tramites de rigor ante la autoridad pertiente para la renovación de la Licencia Técnica y de esta manera poder suscribir los correspondientes contratos de prórroga.
POR LO EXPUESTO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pergamino, en la Décimo Octava Sesión Ordinaria, celebrada el día martes 28 de noviembre de 2023, aprobó por unanimidad la siguiente
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los contratos de prórroga de concesión municipal del servicio público de distribución de energía eléctrica, por el plazo de 30 años, en la misma zona geográfica correspondiente a la jurisdicción oportunamente otorgada, de acuerdo a las normas legales vigentes, respecto de las siguientes Cooperativas:
-Cooperativa de Provisión de Electricidad Rural y de otros Servicios Públicos y Sociales Limitada de Mariano H. Alfonzo (Licencia Técnica Otorgada por Resolución 316/23).
-Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Vivienda y Crédito Limitada de Pergamino (Licencia Técnica Otorgada por Resolución nº 850/23).
-Cooperativa Eléctrica Rural Limitada de Urquiza (Licencia Técnica otorgada por Resolución nº 434/23).
-Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Otros Servicios de Manuel Ocampo Limitada (Licencia Técnica otorgada por Resolución nº 469/23).
-Cooperativa Eléctrica, Telefónica, vivienda y otros Servicios Públicos de Rancagua Limitada (Licencia Técnica otorgada por Resolución nº 519/23).
-Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Vivienda y Otros Servicios Públicos Limitada de Guerrico (Licencia Técnica otorgada por Resolución nº 254/23).
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los contratos de prórroga de concesión Municipal del Servicio Público de distribución de energía eléctrica, por el plazo de 30 años, en la misma zona geográfica correspondiente a la jurisdicción oportunamente otorgada, de acuerdo a las normas legales vigentes, respecto de las siguientes Cooperativas:
-Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de El Socorro Limitada.
-Cooperativa Eléctrica y De Servicios Limitada de Mariano Benítez.
-Cooperativa de Provisión de Electricidad y Servicios Públicos y Sociales de Viña LTDA.-
-Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza.
-Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de La Violeta Limitada.
Que la firma de cada una de las prórroga referidas en este punto, se encuentra condicionada a que en el plazo de 180 días en sede de esta Municipalidad de Pergamino, sita en la calle Florida 629 –oficina de Asesoría Letrada – en el horario de 8 a 14hs, acompañen la renovación de la Licencia Técnica otorgada por el OCEBA (Organismo de Control de Energía de Buenos Aires). Dicho plazo podrá ser prorrogado por otros 180 días, por disposición del Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 3º: Apruébese el modelo de Contrato de Prorroga de Concesión Municipal del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica que se anexa al presente.
ARTÍCULO 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
ARTÍCULO 5º: Agréguese copia de la presente ordenanza a los expedientes que correspondan a cada una de las Cooperativas.-
ORDENANZA N° 9808-23
Firma Digital: Maria B. Latorre (Subsecretario HCD) - Gabriela A.Taruselli (Presidente HCD)