Boletines/Campana

Decreto Nº1063/23

Decreto Nº 1063/23

Campana, 10/11/2023

Expediente Municipal N° 4016-27184-2022 Contratación Ferreyra Alan Álvaro.

Visto

La Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria; suscripto el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley N° 14.656 y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; el Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017, el Decreto 184/2022 (t.v.), la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaria Técnica Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v) Decreto Nacional N° 260/2020, sus modificatorios y normas complementarias, el Decreto 184/2022 y el Decreto 1736/2023 de H.C.D.; y el Expediente Municipal Nº 4016-27184-2022; y

Considerando

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del virus SARS-Cov-2 como una pandemia.

Que, consecuentemente se adoptaron diversas medidas necesarias a los fines de la contención del nuevo coronavirus, de evitar el contagio y la propagación en la población.

Que por lo expuesto precedentemente, mediante el Decreto DECTO-2023-106-E-MUNICAM-INT  de fecha 08 de  febrero de  2023, que luce  a fs. 57/58 del presente, se aprobó la contratación de los servicios locados del Dr. Ferreyra Alan Alvaro.

Que a fs. 59/60 luce el contrato de locacion de Servicios con el Dr. Ferreyra Alan Alvaro, venciendo en fecha 30 de junio del año 2023.

Que a fs. 61, luce informe circunstanciado de la Secretaria de Salud en la cual se manifiesta la intención de celebrar una nueva contratación con la profesional allí mencionada.

Que a fs.63 la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanente como temporaria personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que a fs. 64 luce la solicitud de alta de proveedor para el año 2023.

Que el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que a fs. 70, la Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria.

Que a fs. 71, Contaduría Municipal manifiesta que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario.

Que a fs. 72, la Secretaría de Economía y Hacienda informa que la contratación podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática indicada.

Que toma conocimiento la Jefatura de Gabinete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por  el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1736/2023 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la contratación de los servicios locados  del Dr. Ferreyra Alan Álvaro (DNI 34.563.848), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 23 de octubre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, inclusive, por el monto de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 97.200.-) IVA incluido, por guardia de veinticuatro (24) horas que se realicen de domingo a viernes de PESOS CIENTO OCHO MIL CON CERO CENTAVOS ($ 108.000) IVA incluido, por guardia de veinticuatro (24) horas que se realice de viernes a domingo, en ambos casos la hora de entrada y de salida será a las 20hs. y por guardia de veinticuatro (24) horas que se realice los días feriados por Calendario Nacional la percepción  del pago será de PESOS CIENTO OCHO MIL CON CERO CENTAVOS ($ 108.000)  IVA incluido,  la hora de entrada y de salida será a las 20hs, la prestación del servicio comprende guardias 24 horas o bien la  parte proporcional  del  tiempo que  efectivamente  haya prestado  el  servicio con  un costo total  de prestación de servicio de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON CERO CENTAVOS ( $432.000), IVA INCLUIDO,  dicho monto podrá ser ampliado por acuerdo expreso de ambas partes.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud  la confección del contrato de locación de servicios Medicos a suscribirse con del Dr. Ferreyra Alan Álvaro (DNI 34.563.848).-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese  que  los  fondos  necesarios  para  dar  cumplimiento  a lo dispuesto en el artículo anterior se tomará de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”, Categoría Programatica 18.14.00 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios”,  Fuente de Financiamiento  110  “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2023.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-