Boletines/Campana

Decreto Nº1027/23

Decreto Nº 1027/23

Campana, 02/11/2023

Expediente Municipal N° 4016-41342-2017 Retiro Voluntario Evelyn Colombo.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 1736/2023 del Honorable Concejo Deliberante; el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); el Expediente Municipal N° 4016 – 41342 – 7 – 2017; y

Considerando

Que a fs. 1576 obra solicitud con fecha 04 de octubre de 2023 mediante el cual la agente Sra. Evelyn Solange COLOMBO ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provincial Nº 14.656.

Que la nombrada agente, a través del Acta Acuerdo obrante a fs. 1577 celebrada el 11 de octubre de 2023 entre el mismo y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde esa fecha.

Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado  a acordar que  la Municipalidad  le  otorgaría la suma  PESOS  SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 76/100 ($ 746.785,76.-) a abonar en un solo pago a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse el día 15 de noviembre del año 2023.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por ciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 1736/2023 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 11 de octubre de 2023, el Retiro Voluntario solicitado por la Sra. Evelyn Solange COLOMBO (D.N.I.38.702.517), legajo personal Nº 7196, quien revista en la Planta Permanente de Personal, como Técnica administrativa VI (Administrativa) – Clase VI – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de Prensa y Difusión, Intendente Municipal.-

ARTÍCULO 2°.-  Concédase   en  virtud   de  lo  previsto  en   la  Cláusula  1º  del  Acta Acuerdo obrante a fs. 1577 celebrada el 11 de octubre de 2023 entre el Sra. Evelyn Solange COLOMBO y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 76/100 ($ 746.785,76.-) a abonar en un solo pago a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse el día 15 de noviembre del año 2023.-

ARTÍCULO 3°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre la agente mencionada en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110110000 –Intendente Municipal , del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTICULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-