Boletines/Lujan
Decreto Nº 1857
Lujan, 31/08/2022
Bonificación por disposición permanente de Franco David Bogetti
Visto
Que mediante expediente EX-2022-00069806-MUNILUJAN-DRH#SGPC, tramita la asignación de bonificación por disposición permanente para el agente Franco David Bogetti; y
Considerando
Que por orden 02, mediante nota identificada como IF-2022-00069855-MUNILUJAN-DRH#SGPC, se solicita el otorgamiento de la bonificación por disposición permanente para el aludido agente, fundamentando tal requerimiento en orden 09.
Que en orden 15, el Secretario de Protección Ciudadana, presta su conformidad respecto al otorgamiento de la referida bonificación.
Que en orden 33 la Dirección de Recursos Humanos informa que el agente Franco David Bogetti, presta servicios como inspector fiscalizador de 48 horas semanales, percibiendo en sus haberes bonificación por título del 8% de su sueldo básico y bonificación por tareas penosas, riesgosas y/o insalubres.
Que en orden 35, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma vista y presta conformidad.
Que en orden 37, la Secretaría de Jefatura de Gabinete, toma vista dando prosecución al trámite.
Que por orden 41, la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria para el pago correspondiente a la bonificación del agente.
Que a orden 47, la Dirección de Recursos Humanos informa que la bonificación se encuentra contemplada en el artículo 20 de la Ordenanza N° 7492, y que se otorga a partir del 1° de septiembre de 2022. Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107 ° y concordante del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 66° de la Ley N°14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.-Asignasele al agente municipal de planta permanente Franco David BOGETTI, legajo n° 6416, la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE del 40% de su sueldo básico, contemplada en el artículo 20° de la ordenanza 7492, a partir del 1° de septiembre de 2022.-
Artículo 2°.- Reconocese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR TÍTULO correspondiente al 8% del sueldo básico del agente Franco David BOGETTI, legajo n° 6416, contemplada en el artículo 26° de la ordenanza 7492, a partir del 1° de junio de 2014.-
Artículo 3°.- Reconocese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES correspondiente al 15% del sueldo básico del agente Franco David BOGETTI, legajo n° 6416, contemplada en el artículo 31° de la ordenanza 7492, a partir del 1° de junio de 2017.-
Articulo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1°, 2° y 3°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 5º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-