Boletines/Lujan
Decreto Nº 1833
Lujan, 27/08/2022
Recategorización Lucesoli Julio Alberto - EX-2022-00069800- -MUNILUJAN-DRH#SGPC
Visto
el Expediente N° EX-2022-00069800- -MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramita la recategorización del agente Julio Alberto Lucesoli; y
Considerando
Que en orden N°02, mediante nota N° NO-2022-00055681-MUNILUJAN-SPC, el Secretario de Protección Ciudadana, solicita la recategorización del agente Lucesoli a personal inspector fiscalizador de 48 hs. semanales, con bonificación por conductor del 08% del sueldo básico.
Que conforme surge del Informe identificado como IF-2022-00073081-MUNILUJAN-DRH#SGPC, el agente municipal de planta temporaria Julio Alberto LUCESOLI, legajo nº 7399, reviste como personal administrativo, clase V de 40 hs. semanales, con bonificación por título del 08% del sueldo básico.
Que en orden Nº10, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma vista de la recategorización del agente Lucesoli.
Que en orden Nº12, se halla la intervención de la Secretaría de Jefatura de Gabinete, prestando conformidad a lo requerido.
Que en orden Nº14, obra el conocimiento de la Secretaría de Economía y Finanzas. Que en orden N°16, se incorpora la Providencia N° PV-2022-00118445-MUNILUJAN-CM#SEF de la correspondiente imputación presupuestaria de la Contaduría Municipal para la recategorización para el agente Lucesoli.
Que en orden Nº18, la Dirección de Recursos Humanos toma intervención en el marco de sus competencias y establece e informa que la bonificación requerida reúne con las condiciones establecidas en la ordenanza Nº 7492, por el artículo 22º, que establece una BONIFICACIÓN POR CONDUCTOR del 08% para quien realizare tareas de conducir un vehículo oficial, esa bonificación ascenderá al 10% cuando el agente conduzca tractor o camión, y del 15% cuando manejare ambulancias y/o máquinas viales y/o transporte de pasajeros, en todos sus casos respecto al sueldo básico que revista.
Que conforme lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de lo solicitado por el Secretario de Protección Ciudadana, corresponde realizar la recategorización y la asignación de la bonificación por conductor del 08% del sueldo básico para el agente municipal de planta temporaria Julio Alberto Lucesoli.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Autorízase la recategorización del agente municipal de planta temporaria Julio Alberto LUCESOLI, legajo N° 7399, a personal inspector fiscalizador de 48 hs. semanales, prestando servicios en la Secretaría de Protección Ciudadana, a partir del 1º de septiembre de 2022.
Artículo 2°.-Asìgnase la BONIFICACIÓN POR CONDUCTOR DEL 08%, al agente municipal de planta temporaria Julio Alberto LUCESOLI, legajo N° 7399, a partir del 1º de septiembre del 2022.
Artículo 3º.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR TÌTULO DEL 08%, al agente municipal de planta temporaria Julio Alberto LUCESOLI, legajo N° 7399, a partir del 1º de enero de 2021.
Artículo 4º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º al 3º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
26.-Secretaría de Protección Ciudadana.
01.01.-Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
110.-Tesoro Municipal. 01.-Gastos en Personal.
02.-Personal Temporario.
01.-Retribuciones del Cargo.
Artículo 5°.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.