Boletines/Lujan
Decreto Nº 1820
Lujan, 25/08/2022
EX-2022-00005412- MUNILUJAN-SGPC- Adenda al Contrato de Locación de Servicios con la Cooperativa de Provisión de Servicios Sumando Voluntades Limitada.
Visto
El Decreto Nº 90/2022; y
Considerando
Que a través del mencionado acto administrativo, se aprobó el contrato de locación de servicios celebrado entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Provisión de Servicios Sumando Voluntades Limitada, el cual se extiende desde el 01/01/2022 hasta el 31/12/2022.
Que mediante providencia PV-2022-00116925-MUNILUJAN-SGPC del expediente EX-2022-00005412- MUNILUJAN-SGPC, el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana informa que debido a la situación económica que atraviesa el país resulta necesario actualizar los valores de la contratación desde el mes de julio, motivo por el cual resulta necesario proceder a una Adenda al Contrato de Locación de Servicio suscripto, modificando las cláusulas Cuarta y Sexta del mismo a partir del mes de julio.
Que en el informe gráfico IF-2022-00116181-MUNILUJAN-DG#SGPC obra el presupuesto presentado por la mentada Cooperativa.
Que en la providencia PV-2022-00118567-MUNILUJAN-SEF la Secretaría de Economía y Finanzas toma conocimiento y presta conformidad.
Que mediante providencia PV-2022-00118799-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107°, 148° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase la Adenda al Contrato de Locación de Servicios, celebrada entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Provisión de Servicios Sumando Voluntades Limitada.-
Artículo 2º.- Sustitúyase el artículo 2º del Decreto N° 90 de fecha 19 de enero de 2022, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Articulo 2º.- La Municipalidad de Luján abonará por el servicio contratado la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($ 2.652.000), pagaderos en seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000) por el período comprendido entre el 01 de enero de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022, y seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 272.000) por el período comprendido desde el 1 de julio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022…”
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
07.- Delegación Municipal de Olivera
110.- Tesoro Municipal.
3.3.4.0.- Mantenimiento y Reparación de Vías de Comunicación.
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-