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Decreto Nº1807

Decreto Nº 1807

Lujan, 24/08/2022

SUBSIDIO POR NBI, AGUILAR SARA ELISABET - EX-2022-00117144- -MUNILUJANSDH

Visto

El expediente administrativo EX-2022-00117144- -MUNILUJAN-SDH mediante el cual se solicita una ayuda económica para la Sra. Aguilar Sara Elisabet, D.N.I. N° 23.369.595, y;

Considerando

Que del análisis de la situación y de las conclusiones de la encuesta socioeconómica practicada surge la necesidad de acudir en ayuda de la peticionante y asistirla con recursos a fin de solventar el gasto por necesidades básicas insatisfechas; Que el mencionado gasto no se encuentra dentro de su alcance;

Que la peticionante se encuentra atravesando un difícil momento por el asesinato de su hijo Joaquín Busto en un hecho de público conocimiento;

Que en Orden N°07, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto;

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149- MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decretos Ley Nº 6769/58.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.-Otórgase a favor de la Sra. Aguilar Sara Elisabet, D.N.I. N° 23.369.595, con domicilio en la calle Italia N° 2370, de esta ciudad, un subsidio para solventar el gasto por necesidades básicas insatisfechas, por la suma de Pesos Noventa Mil ($90.000,00-) por única vez, en concepto de ayuda económica, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados.

Artículo 2º.-El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.-Secretaría de Desarrollo Humano.

43.01.-Abordaje Territorial.

110.-Tesoro Municipal.

5.1.4.1.-Ayudas Sociales a Personas.

Artículo 3º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.