Boletines/Lujan

Decreto Nº1771

Decreto Nº 1771

Lujan, 19/08/2022

EX-2022-00083763- MUNILUJAN-SJG- Declarar de Interés Municipal a la Carrera de Ciclismo denominada "Gran Premio Ciudad de Luján"

Visto

Que por expediente EX2022-00083763-MUNILUJAN-SJG se solicita se declare de Interés Municipal a la “CARRERA DE CICLISMO "GRAN PREMIO CIUDAD DE LUJÁN"”, organizada por la Asociación Ciclista Regional de La Plata y Dirección de Deportes; y

Considerando

Que el evento tiene como principal objetivo recuperar las calles Bonaerenses luego de la pandemia y el contacto con los vecinos mediante organización de pruebas, por las arterías principales y óptimas para el desarrollo de la actividad.

Que la competencia será fiscalizada por la Asociación, que es la que le da el marco legal a la prueba ante la Federación Argentina de Ciclismo de Pista y Ruta – FACPyR- ya que todos los competidores y competidoras son ciclistas federados con licencia nacional e internacional, y esta cuenta con un seguro de accidentes personales deportivos, desligando al municipio de cualquier eventualidad que ocurra durante el evento y con el auspicio de FAMUD (Foro Argentino de la Mujer en el Deporte) que es el área de género de la Confederación Argentina de Deportes.

Que es de gran agrado volver a realizar esta carrera en la Ciudad de Luján, Capital de la Fe y brindar a los vecinos de nuestro municipio la posibilidad de presenciar un evento atractivo, en el cual se llevarán a cabo competencias de distintas categorías etarias y de dificultad..

Que este evento generará un circuito rutero de 1200 metros por la Av. Constitución entre las calles Av. Humberto Primo y Francia el día 21 de agosto del corriente año.

Que este circuito será un gran espectáculo de calidad para los vecinos y vecinas lujanenses para que se acerquen a vivir un espectáculo de gran calidad, con los mejores exponentes que tiene hoy nuestro ciclismo nacional, y con acceso libre y gratuito.

 Que ésta actividad será totalmente benéfica, en la que se solicitará la colaboración de un alimento no perecedero, como entrada al evento y complemento de inscripción, para ser entregada a comedores y merenderos de la ciudad.

Que este evento reunirá a más de 500 competidores.

Que en orden 5 toma vista y presta conformidad la Secretaría de Desarrollo Humano.

Que en orden 9 y 37 toma y presta conformidad la Dirección de Deportes e informa las actividades para desarrollar en el evento

Que en orden 12 toma vista y conocimiento la Secretaría de Protección Ciudadana. Que en orden 22 toma vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que en orden 28 toma vista y conocimiento la Secretaría de Salud.

Que en orden 44 toma vista y conocimiento la Dirección de Ingresos Públicos.

Que en orden 42 la Asociación Ciclista Regional La Plata presenta seguro de responsabilidad civil

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.-Declárase de Interés Municipal a la Carrera de Ciclismo denominada "Gran Premio Ciudad de Luján"” organizada por la Asociación Ciclista Regional de La Plata y la Dirección de Deportes, el domingo 21 de Agosto del corriente año en el horario de 08 a 20 hs. desde la Av. Constitución entre las calles Av. Humberto Primo y Francia.-

Artículo 2°.- Lo pautado en artículo 1º, no generará gasto alguno para el erario municipal.-

Artículo 3°.- La Secretaría de Desarrollo Humano será exclusiva responsable de coordinar y articular las acciones necesarias con las áreas con incumbencia para asegurar el cumplimiento de los requisitos exigibles en resguardo de la seguridad, las eventuales consecuencias dañosas sobre personas y bienes, que pudieran ocasionarse en el evento y demás obligaciones que deriven de las normas legales y reglamentarias vigentes.-

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-