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Decreto Nº1723

Decreto Nº 1723

Lujan, 12/08/2022

EX-2022-00096387-MUNILUJAN-DRH#SGPC-Bonificación Fallo de Caja y Manejo de Fondos Alberto Adolfo Acevedo

Visto

el EX-2022-00096387-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramita la asignación de la bonificación por por manejo de fondos y fallo de caja para el agente Alberto Adolfo Acevedo; y

Considerando

Que en orden 02, mediante Nota N°NO-2022-00091892-MUNILUJAN-SGPC, el Delegado de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortinez y el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, solicitan la asignación de la bonificación por por manejo de fondos y fallo de caja para el aludido agente, dado a que cumple funciones en caja de manejo de fondos en la Delegación Municipal.

Que conforme surge de su situación de revista, el agente Alberto Adolfo Acevedo, presta servicios como personal administrativo clase V de 40 horas semanales, percibiendo en sus haberes bonificación por título del 8% de su sueldo básico.

Que en orden 07, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma conocimiento de la bonificación solicitada.

Que por orden 04 y 13 del mencionado expediente, el Director de Recursos Humanos toma vista e informa que dicha bonificación está contemplada en el artículo 21° de la Ordenanza N°7492.

Que en orden 09, toma vista la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que en orden 11, la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria.

Que conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de las necesidades de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, corresponde otorgar la bonificación requerida.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 66° de la Ley N°14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Asignasele al agente municipal Alberto Adolfo ACEVEDO Legajo N° 7786, la BONIFICACION POR MANEJO DE FONDOS Y FALLO DE CAJA contemplada en el artículo 21° de la ordenanza 7492, a partir del 1° de agosto de 2022.-

Articulo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 1°, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

27.-Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.-

01.-Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.-

05.-Delegación Municipal de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortinez.-

110.-Tesoro Municipal.-

01.-Gastos de Personal.-

02.-Personal Temporario.-

.-Retribuciones del Cargo.-

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.