Boletines/Lujan
Decreto Nº 1720
Lujan, 11/08/2022
Subsidio ADILU - EX-2022-00045938- -MUNILUJAN-SGI
Visto
el EX-2022-00045938- -MUNILUJAN-SGI, en el cual se solicita una ayuda económica para la Asociaciòn Civil sin Fines de Lucro Asociación de Ayuda al Diabético de Luján (ADILU); y
Considerando
Que del análisis de la situación surge la necesidad de acudir en ayuda de la entidad solicitante y asistirla con recursos para solventar gastos por la compra de materiales para la reparación y mejoramiento del funcionamiento de la institución.
Que dicha entidad brinda un gran servicio a la comunidad y por tal motivo resulta sumamente importante seguir adelante con la misma.
Que en orden Nº20, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107º, 108º y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Otórgase a favor de la Asociación de Ayuda al Diabético de Lujan (ADILU) representada por su Presidente Sr. Héctor Arnoldo Marquiegui D.N.I. Nº 24.500.020, un subsidio de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00-) por única vez, en concepto de ayuda económica por compra de materiales para la reparación y mejoramiento de la sede, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados con cargo de rendición de cuentas.
Artículo2º.-El gasto que demande lo dispuesto por el artículo 1º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.-Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
52.-Conducción y Coordinación de Entidades Comunitarias.
110.-Tesoro Municipal.
5.1.7.0.Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro.
Artículo 3º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.