Boletines/Lujan

Decreto Nº1715

Decreto Nº 1715

Lujan, 11/08/2022

Adenda Locación de Servicios Alcat Milagros

Visto

Que por expediente N° EX-2022-00093299-MUNILUJAN-DRH#SGPC tramita la solicitud de adenda del contrato de locación de servicios celebrado el 12 de Mayo de 2022, entre la Municipalidad de Luján y Alcat Milagros; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 1326 de fecha 24 de junio de 2022, se aprueba el contrato de locación de servicios celebrado el 12 de Mayo de 2022, entre la Municipalidad de Luján y Alcat Milagros, el cual se extiende desde el 01/04/2022 hasta el 31/12/2022.-

Que en la cláusula tercera del referido contrato, se estipula la suma total de pesos doscientos veintitrés mil ochocientos setenta y cinco ($223.875,00) que serán abonadas en nueve (09) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos veinticuatro mil ochocientos setenta y cinco pesos ($24.875,00) en concepto de honorarios.

Que en Orden N°02 el Secretario de Desarrollo Humano solicita mediante nota NO-2022-00091771- MUNILUJAN-SDH la adenda del contrato de Locación de Servicios de Milagros Alcat respecto a los honorarios en relación a la tarea que realizan y el costo del nivel de vida.

Que en orden Nº 04, la Dirección de Recursos Humanos toma conocimiento y da prosecución al trámite.

Que en el orden N°06, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma conocimiento y presta conformidad

Que en el orden N° 08, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma conocimiento y presta conformidad.

Que en el orden N° 10, la Secretaría de Economía y Finanzas da conformidad para la adenda de los contratos del Programa ENVION.

Que en el orden N°12, la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria correspondiente.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan del artículo 107° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalida-des de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.-Apruébase la Adenda del Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Municipalidad de Luján y ALCAT MILAGROS, titular del DNI N° 40.858.906.

Artículo 2º.- Modifícase el artículo 2º del Decreto N° 1326 de fecha 24 de junio de 2022 que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos seiscientos sesenta y un mil seiscientos setenta y cinco($661.675,00) que será cancelada en una (01) cuota de pesos veinticuatro mil ochocientos setenta y cinco($24.875,00) en el mes de abril; y ocho (08) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos setenta y nueve mil seiscientos($79.600,00) por el período comprendido entre el 01 de mayo de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, en concepto de honorarios .”

Artículo 3º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1° y 2º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.-Secretaría de Desarrollo Humano.-

45.-Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.-

08.-Programa Social de Responsabilidad Compartida Envión.- (17.5.01.17)

132.-De Origen Provincial.-

01.-Gastos de Personal.-

02.-Personal Temporario.-

Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-