Boletines/Lujan

Decreto Nº1713

Decreto Nº 1713

Lujan, 11/08/2022

Adenda Locación de Servicio Manuel Pereyra

Visto

Que por expediente N° EX-2022-00093299-MUNILUJAN-DRH#SGPC tramita la solicitud de adenda del contrato de locación de servicios celebrado el 3 de Junio de 2022, entre la Municipalidad de Luján y Manuel Pereyra; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 1253 de fecha 09/06/2022, se aprueba el contrato de locación de servicios celebrado el 3 de Junio de 2022, entre la Municipalidad de Luján y Manuel Pereyra, el cual se extiende desde el 01/05/2022 hasta el 31/12/2022.-

Que en la cláusula tercera del referido contrato, se estipula la suma total de pesos ciento noventa y nueve mil ($199.000) que serán abonadas en ocho (08) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos veinticuatro mil ochocientos setenta y cinco pesos ($24.875,00)en concepto de honorarios.

Que en Orden N°02 el Secretario de Desarrollo Humano solicita mediante nota NO-2022-00091771- MUNILUJAN-SDH la adenda del contrato de Locación de Servicios de Manuel Pereyra respecto a los honorarios en relación a la tarea que realiza y el costo del nivel de vida.

Que en orden Nº 04, la Dirección de Recursos Humanos toma conocimiento y da prosecución al trámite.

Que en el orden N°06, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma conocimiento y presta conformidad

Que en el orden N° 08, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma conocimiento y presta conformidad. Que en el orden N° 10, la Secretaría de Economía y Finanzas da conformidad para la adenda de los contratos del Programa ENVION.

Que en el orden N°12, la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria correspondiente. Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan del artículo 107° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.-Apruébase la Adenda del Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Municipalidad de Luján y PEREYRA Manuel, titular del DNI N°42.096.705. Artículo 2º.- Modificase el artículo 2º del Decreto Nº 1253 de fecha 9 de junio de 2022, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos trescientos dieciocho mil cuatrocientos ($318.400,00) que será cancelada en ocho (08) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos treinta y nueve mil ochocientos($39.800,00)cada una por el período comprendido entre el 01 de mayo de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022; en concepto de honorarios.”

Artículo 3º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1° y 2º, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.-Secretaría de Desarrollo Humano.-

45.-Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.-

08.-Programa Social de Responsabilidad Compartida Envión.- (17.5.01.17)

132.-De Origen Provincial.-

01.-Gastos de Personal.-

02.-Personal Temporario.-

Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-