Boletines/Lujan

Decreto Nº1689

Decreto Nº 1689

Lujan, 09/08/2022

Autorización a la Agrupación Virgen Gaucha Luján

Visto

Que por EX-2022-00098212-MUNILUJAN-DRH#SGPC la “Agrupación Virgen Gaucha Luján” solicita autorización para la realización de un evento de encuentro y exhibición de motos en el predio institucional; y

Considerando

Que el encuentro se lleva a cabo en la sede de la Institución, sita en Ruta Nacional 7 y Ruta 192 de la ésta ciudad, el cual consiste en un encuentro y exhibición de motos, a realizarse el día 06 de agosto de 14.00 hs a 02.00 hs. del día 07 de agosto aproximadamente.

Que en orden 2 se encuentra la documentación correspondiente a: seguro de responsabilidad civil y/o del espectador; servicio de emergencia médica; los recibos de pago correspondientes ante SADAIC y AADI – CAPIF y Licencia de Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

la entidad informa que en caso de lluvia el evento se reprograma con fecha a confirmar, y que la publicidad se realiza por medios digitales, redes sociales y radiales.

Que a orden 5, la Secretaria de Protección Ciudadana toma conocimiento y presta conformidad dando prosecución al trámite.

Que a orden 7, la Dirección de Ingresos Públicos toma intervención de su competencia.

es iniciativa de esta gestión de gobierno alentar, promover y considerar la cultura como medio indispensable para el desarrollo.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 107 del Decreto Ley N° 6.769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Autorízase a la “Agrupación Virgen Gaucha Luján” a realizar un evento de encuentro y exhibición de motos, el día 06 de agosto de 14.00 hs a 02:00 hs. del día 07 de agosto, en el predio institucional, sito en Ruta Nacional N° 7 y Ruta N° 192, de ésta ciudad.-

Artículo 2º.- La entidad deberá al momento de la realización del evento estar munida de las constancias que acrediten el cumplimiento de los requisitos correspondientes mencionados en los considerando, bajo apercibimiento de entender caída dicha autorización, siendo exclusiva responsable por las eventuales consecuencias dañosas por las personas y bienes que pudieran derivarse del evento a su cargo.-

Artículo 3º.- La entidad solicitante deberá tener a disposición de los Inspectores Municipales las entradas selladas por la Dirección de Ingresos Públicos para su contralor.-

Artículo 4º.- La entidad solicitante se responsabiliza exclusivamente de cualquier siniestro que pudiere ocasionar a participantes y/o terceros.-

Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese y archívese.-