Boletines/Lujan
Decreto Nº 1668
Lujan, 05/08/2022
Subsidio Sociedad de Fomento “Ingeniero Eduardo Olivera” - EX-2021-00075465- - MUNILUJAN-DRH#SGPC
Visto
Que mediante expediente EX-2021-00075465- -MUNILUJAN-DRH#SGPC se solicita una ayuda económica para la Sociedad de Fomento “Ingeniero Eduardo Olivera” y;
Considerando
Que del análisis de la situación y de las conclusiones del informe presentado surge la necesidad de acudir en ayuda de la entidad solicitante y asistirla con recursos a fin de solventar gastos para la compra de materiales que serán utilizados para refaccionar la cocina de su sede.
Que la institución se encuentra registrada en el Registro Municipal de Asociaciones y con reconocimiento de su Comisión Normalizadora de Socios.
Que el mencionado gasto no se encuentra a su alcance. Que en Orden N°19, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107°, 108° y 148° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Otórgase a favor de la Sociedad de Fomento “Ingeniero Eduardo Olivera”, con domicilio en la calle Italia N°542, de la Localidad de Olivera, Partido de Lujan, representada por su Presidente el Sr. Paglia Leonardo Mario, D.N.I. 23.572.363, un subsidio por la suma de Pesos Cincuenta Mil ($50.000,00-), por única vez, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados con cargo de rendición de cuentas.
Artículo 2º.-El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.-Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
52.-Conducción y Coordinación de Entidades Comunitarias.
110.-Tesoro Municipal.
5.1.7.0.-Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro.
Artículo 3º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.