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Decreto Nº1664

Decreto Nº 1664

Lujan, 05/08/2022

EX-2022-00099490- -MUNILUJAN-DRH#SGPC-IM Jornada Recreativa de Inclusión

Visto

que por expediente EX-2022-00099490-MUNILUJAN-DRH#SGPC se solicita se declare de Interés Municipal a “JORNADA RECREATIVA DE INCLUSIÓN”, organizada por la Dirección de Deportes; y

Considerando

Que el evento tiene como principal objetivo reforzar la autonomía, la confianza, estimular los sentidos, el desarrollo psicomotor y sus movimientos.

Que la participación de las personas con discapacidad promueve una mejor calidad de vida a través de las actividades lúdicas y recreativas de la jornada.

Que esta jornada fomenta las actividades lúdico-Deportivas corporales en el ámbito social con otras instituciones. Que desde la Dirección de Deportes se generan propuestas inclusivas y facilitadoras, para toda la población en base a su necesidad de movimiento.

Que la Dirección de Deportes organizará las acciones que sean necesarias optimizar el desarrollo de la jornada.

Que en orden 5 toma vista y presta conformidad la Secretaría de Desarrollo Humano.

Que a orden 8 toma conocimiento y presta conformidad la Subdirección de Discapacidad.

Que en orden 17 toma conocimiento y presta conformidad la Secretaria de Economía.

Que a orden 19 toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal. Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el Artículo 107º y concordantes del Decreto Ley 6769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.-Declárase de Interés Municipal la “JORNADA RECREATIVA DE INCLUSIÓN”, que se llevará a cabo el día 24 de agosto de 2022 en la Plaza Belgrano y en el Museo Municipal de Bellas Artes “Fernán Félix de Amador” de nuestra ciudad. En caso de que las condiciones climáticas no sean favorables, el evento mencionado será trasladado al 31 de agosto de 2022.

Artículo 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el Art. 1°, será imputado a la siguiente partida de Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

47.- Programa Municipal de Deportes.

01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.

110.- Tesoro Municipal.

2.7.4.0.- Estructuras Metálicas Acabadas.

2.9.9.0.- Otros Bienes de Consumo. Otros.

Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.