Boletines/Lujan
Decreto Nº 1652
Lujan, 03/08/2022
Interés Municipal "Dia del Fomentista" - EX-2022-00095202- -MUNILUJAN-DRH#SGPC
Visto
el expediente EX-2022-00095202-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramita declarar de Interès Municipal el evento a realizarse en conmemoración del Trigésimo Segundo Aniversario del “Día del Fomentista”; y
Considerando
Que el día 15 de agosto de 2022 se conmemora el Trigésimo Segundo Aniversario del “Día del Fomentista”;
Que desde 1990 se rinde homenaje a los representantes barriales en conmemoración de aquellos que, acompañados por el desaparecido Padre Zaccardi, cortaron el Acceso Oeste hoy Autopista del Oeste buscando conseguir medidas de seguridad.
Que en Luján se han constituido Sociedades de Fomento en barrios y localidades en las cuales mujeres y hombres trabajan incansablemente logrando progresos y mejorando la calidad de vida de sus vecinos.
Que la labor desinteresada de cada uno de los Fomentistas, reflejada en el avance de los distintos barrios y localidades de esta ciudad, amerita una celebración, la que en ésta oportunidad será el día 18 de agosto en el Centro Mutual de Jubilados y Pensionados de Luján (CEMJUPEL), sito en la calle ltuzaingo N° 133 de ésta ciudad.
Que por lo expuesto se considera relevante la declaración de Interés Municipal del festejo a relizarse.
Que mediante nota NO-2022-000096585-MUNILUJAN-DEI#SGPC la Dirección de Entidades Comunitarias solicita a la Subdirección de Patrimonio la contratación del seguro al espectador.
Que la Contaduría Municipal informa mediante la providencia PV-2022-000102340-MUNILUJAN-CM#SEF la correspondiente imputación presupuestaria.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.-Declárase de Interés Municipal el evento para conmemorar el Trigésimo Segundo Aniversario del “Día Del Fomentista” a realizarse el día 18 de agosto de 2022 en el Centro Mutual de Jubilados y Pensionados de Luján (CEMJUPEL), sito en la calle ltuzaingo N° 133 de ésta ciudad de Lujan
Artículo 2°.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.-Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.-
52.-Conducción y Coordinación de Entidades Comunitarias.-
110.- Tesoro Municipal.-
2.1.1.0.-Alimentos para Personas.-
2.3.4.0.-Productos de Papel y Cartón.-
2.5.8.0.-Productos de Material Plástico.-
2.9.9.0.-Otros Bienes de Consumo (Otros).-
3.4.9.0.- Servicios Técnicos y Profesionales (Otros).-
3.5.4.0.- Primas y gastos de Seguros.-
Artículo 3º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.