Boletines/Lujan
Decreto Nº 1639
Lujan, 02/08/2022
el expediente EX-2022-00035026-MUNILUJAN-SGPC por el que tramita la designación del Prof. Matías Agustín Lattaro, en la Dirección de Delegaciones, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana; y
Visto
Que en orden N°05, mediante PV-2022-00044539-MUNILUJAN-DD#SGPC, la Dirección de Delegaciones, solicita la designación del aludido profesor de Educación Física, para cumplir funciones en dicha Dirección, cuyo título habilitante se encuentra incorporado como informe grafico N°IF-2022- 00055247-MUNILUJAN-SGPC.
Que la Dirección requirente manifiesta que el pedido se motiva ante la necesidad de promoción del deporte en las localidades del Partido de Luján.
Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana en órdenes N°14 y 25, toma conocimiento y presta conformidad.
Que a los mismos fines del considerando anterior, se halla en orden N°18, conocimiento y conformidad de la Secretaría de Jefatura de Gabinete.
Que en el orden Nº 27, toma intervención en el marco de sus competencias la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que en el orden N° 29, se incorpora el informe de la correspondiente imputación presupuestaria de la Contaduría Municipal para la designación del Prof. Matías Lattaro.
Que en orden Nº 31, la Dirección de Recursos Humanos toma intervención en el marco de sus competencias y sugiere que la designación la Prof. Lattaro se efectúe como Profesor, con régimen de 08 horas cátedra, a partir del 1° de agosto de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.-
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Desígnase al Profesor de Educación Física Matías Agustín LATTARO, titular del DNI N° 35.940.295, como personal docente- profesor – con régimen de 8 (ocho) hs. cátedra, en la planta temporaria, para cumplir funciones en la Dirección de Delegaciones, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, partir del 1° de agosto de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Artículo 2º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
01.01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
02.- Personal Temporario.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.