Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2491
Bolivar, 29/12/2023
Visto
Lo normado en el segundo párrafo del Art. 191 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y;
Considerando
Que el artículo mencionado en el visto regula las formalidades para la emisión de pagos a través de cheques;
Que entre los recaudos previstos por la norma se especifica que los cheques deben estar suscriptos en forma conjunta por el Intendente y Tesorero;
Que sin perjuicio de ello, se reconoce al Intendente la facultad de autorizar al Secretario de Hacienda o al Contador Municipal a firmarlos en su reemplazo, juntamente con el Tesorero;
Que por el Decreto N° 2484, de fecha 29 de diciembre de 2023, por el cual se designa al Cdor Erreca Pedro Javier, para desempeñar el cargo de Secretario de Hacienda, a partir del 02 de enero de 2024;
Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en los Art. 107 y 191° de la Ley Orgánica Municipal;
Por ello,
Intendente Municipal del Partido de Bolívar
DECRETA
Artículo 1º: Autorízase a partir del 02 de enero de 2024, al Cdor. Erreca Pedro Javier, a suscribir cheques en forma conjunta con el Tesorero Municipal, con arreglo a lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 191 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 2º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Innovación y Asuntos Estratégicos según lo determinado por el Decreto N° 2457-23.
Artículo 4º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.