Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 15
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/01/2024
Visto los presentes actuados, iniciados por el Director del Instituto Cultural de Bahía Blanca, en los que comunica que desde el año 2012 funciona en nuestra ciudad un espacio de arte independiente cuyo nombre es “Centro Cultural La Panadería”, que tiene como entidad responsable de sus actividades a la Asociación Civil Don Julio. El desarrollo de todas las actividades artísticas y culturales impulsadas por este espacio se llevan a cabo en el domicilio de Lamadrid 544, y
Considerando
Que en dependencias de La Panadería se desarrollan principalmente obras de teatro coordinadas por el Grupo Nuevodrama, reconocido en el medio por su trayectoria y la calidad de sus puestas en escena.
Que a su vez, la sala también es utilizada para la realización de recitales de música, encuentros y charlas de índole artística y cultural, así como jornadas que forman parte de festivales de danza, literatura, música y teatro.
Que se hace imperiosa la necesidad de acondicionar dicho espacio de modo tal que se pueda facilitar el desarrollo de las actividades y el acceso del público en forma segura. Teniendo en cuenta las reuniones efectuadas por la Comisión Técnica de los Espacios Culturales Independientes, los requerimientos y alcances de la Ordenanza N° 18.486 de "Creación de los Espacios Culturales Independientes (E.C.I.)" y modificatoria; que según acta de fs.7 -, se ha indicado que el espacio "Centro Cultural La Panadería" será beneficiario de un subsidio por parte del Municipio de Bahía Blanca a fin de solventar gastos para la mano de obra y pago de dirección para la construcción en seco de una pared del espacio. Atento a la verificación del crédito presupuestario y a la imputación de Contaduría General a fs. 1 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Asociación Civil Don Julio - CUIT: 30-71590263-6, por la suma de pesos cuatrocientos sesenta y dos mil ($ 462.000) en representación del Centro Cultural La Panadería (según consta en el acta a fs. 7 -) a fin de solventar gastos para la mano de obra y pago de dirección para la construcción en seco de una pared del espacio, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente:Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 01. 17. 00, Gasto. 5.1.7.0.-
TERCERO: Notifíquese a la persona Beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de noventa (90) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
CUARTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondospor parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 3° del presente acto administrativo.-
QUINTO: Cúmplase, notifíquese a la persona recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-