Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 79
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/01/2024
Visto estas actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación por Traslado interpuesta por Mariana Nancy BELLUCCI, con CUIT 27-22845651-4, para desarrollar actividades bajo el rubro de VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS Y ACCESORIOS PARA MASCOTAS, en el domicilio de la calle Pedro Pico Nº 1352 de la Ciudad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 23 de noviembre de 2023, conforme constancias obrantes a fs. 1/2;
Que a fs.3/16 y 22/25 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.19/21 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que a fs. 26 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 47952 de fecha 15/01/2024;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilitase a Mariana Nancy BELLUCCI con CUIT 27-22845651-4, contribuyente Nº 077870, para desarrollar actividades bajo el rubro VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS Y ACCESORIOS PARA MASCOTAS, en el domicilio de la calle Pedro Pico Nº 1352 de la Ciudad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 34/2024 a nombre de Mariana Nancy BELLUCCI, Contribuyente Nº 077870 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.-