Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 10
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 16/01/2024
Visto que a fs.1 el Sr. Hernán Pedro VIGIER (Planta Personal Político), legajo 17.229, titular de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo (oficina 136), solicita el reconocimiento de los servicios que prestó oportunamente en la Universidad Nacional del Sur; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 5 el Departamento Administración de Personal manifiesta que le sean reconocidos un total de TREINTA Y OCHO (38) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS, por los servicios prestados en la Universidad Nacional del Sur.-
Que correspondería el pago del beneficio solicitado aplicando lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014 al 1% sobre el sueldo básico por los servicios desempeñados desde el 1º de agosto de 1985 hasta el 31 de diciembre de 2014; y al 3% sobre el sueldo básico por el período comprendido desde el 1º de enero de 2015 al 19 de diciembre de 2023.-
Que dicho reconocimiento deberá hacerse efectivo a partir del 4 de Enero de 2024 fecha de entrada de la solicitud en el Departamento de Administración de Personal y sería sólo a efectos de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad.-
Que en virtud del citado informe del Departamento de Administración de Personal y teniendo en cuenta la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Reconocer al Sr. Hernán Pedro VIGIER (Planta Personal Político), legajo 17.229, titular de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo (oficina 136), los servicios prestados en la Universidad Nacional del Sur, durante TREINTA Y OCHO (38) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS, en concepto de Bonificación por Antigüedad, a partir del 4 de Enero de 2024, fecha en la cual presentó la documentación, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.-
ARTICULO 2º: El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicado al 1% sobre su sueldo básico por veintinueve (29) años y cinco (5) meses (desde el día 1º de agosto de 1985 hasta el 31 de diciembre de 2014); y al 3% sobre su sueldo básico por ocho (8) años, once (11) meses y diecinueve (19) días (desde el 01 de enero de 2015 Hasta el 19 de diciembre de 2023), por el total de los servicios, tal lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014..
ARTICULO 3°: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.1., del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 4°: Cúmplase; dése al R.O.; notifíquese al interesado. Tomen conocimiento Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General. Cumplido, ARCHIVESE.-