Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1069
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/12/2023
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma "Panadería La Nación S.R.L" solicita la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental para su establecimiento ubicado en calle Zapiola N° 598 de la Ciudad de Bahía Blanca, cuyo rubro es “Elaboración de productos de panadería y confitería, elaboración de pizzas, tartas, viandas, empanadas y sándwiches" clasificado de Primera Categoría (N.C.A: 13 ptos) según Disposición Nº DISPO-2023-2846-GDEBA-DPEIAMAMGP, de acuerdo con las Leyes Provinciales Nº 11.459 y 15.107, Decreto Nº 531/2019 y modificatorio Nº 973/2020 y Considerando:
Que de acuerdo con el informe emitido por el Departamento de Ambiente a fs. 315 del expediente de referencia, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 531/19 y Ley Modificatoria N° 15.107 y con las ordenanzas municipales vigentes.
Atento a lo expuesto, a la resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SECRETARIO DE GOBIERNO en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 182 de la Ley Orgánica.
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma "Panadería La Nación S.R.L." cuyo rubro es “Elaboración de productos de panadería y confitería, elaboración de pizzas, tartas, viandas, empanadas y sándwiches" clasificado como de Primera Categoría, (N.C.A: 13 ptos) ubicado en calle Zapiola n° 598, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11.459, registrándose bajo el Nº 314.-
SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de cuatro (4) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11.459.-
TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11.459.-
CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-
QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tome nota el Departamento Ambiente y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-