Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4982

Decreto Nº 4982

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/12/2023

Visto las presentes actuaciones originadas por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de carne para Centros de Dia, por el periodo comprendido entre enero y marzo, conforme a solicitud de pedido N° 7888/2023, y; CONSIDERANDO,

Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios N° 7888/2023, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cuatro (4) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos de fs. 8 a 11;

Que, a fs. 19 obra Acta de Apertura en la que se presentaron las ofertas de los proveedores: BIANCHINI FRANCO, con una oferta económica $921.234; FRIGORIFICO SUR S.A con una oferta económica $3.231.300 y COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA con una oferta económica $3.916.481;

Que, el Departamento Compras a fs. 25 sugiere se adjudique a  COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA la compra de alimentos frescos para jardines municipales;

Por lo expuesto, atento la comparativa de ofertas obrante a fs. 20, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:                  

- DECRETA -

ARTICULO 1º)- Adjudícase a COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA (Proveedor Nº 5.226), la provisión de los ítems Nº 1, 2, 6, 7 y 9, por mejor oferta total en el rubro carne vacuna y los ítems Nº 3 a 5 por mejor oferta total en el rubro pollo y derivados y por la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO ($3.916.481.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.

ARTICULO 2º)- Dejar constancia que el ítem Nº 8 no se adjudica debido a que no tiene oferta económica.

ARTICULO 3º)- Dejar constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Rosana Colli, legajo Nº 6.338, (Sueño de Barrilete); Mónica Angelini, legajo Nº 12.335 y Nélida Arhex, legajo 6.053, (Casita Miramar) y Patricia Campos, legajo 6.030 y Adriana Cerolini, legajo N° 6.859 (Mi Lugar), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe de fojas 5.-

ARTICULO 4º)- Cúmplase, notificase, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-