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Decreto Nº5454

Decreto Nº 5454

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/12/2023

Visto las presentes actuaciones, referidas a la prórroga del contrato de locación de fs. 146 y 147 celebrado entre el Municipio de Bahía Blanca y PUERTO MELO S.A. representado por su Presidente, Sr. Rafael Gentili, por el uso de dos unidades funcionales ubicadas en la planta baja del Edificio del Bicentenario, sito en calle Luis María Drago N° 45 de la ciudad de Bahía Blanca, los cuales son utilizados para el funcionamiento del Museo del Deporte; atento el visto bueno de la Dirección General de Técnica Jurídica y la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General a fs. 145 vuelta; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- DECRETA -

PRIMERO: Apruébase en todas sus partes la Prórroga del Contrato de Locación celebrado entre el Municipio de Bahía Blanca y la firma PUERTO MELO S.A., CUIT 30-71425754-0, representado por su presidente, Sr. Rafael Gentili, D.N.I. 21.354.676, por el uso de dos unidades funcionales ubicadas en la planta baja del Edificio del Bicentenario, sito en calle Luis María Drago N° 45 de la ciudad de Bahía Blanca, los cuales son utilizados para el funcionamiento del Museo del Deporte, por el término de doce (12) meses, a partir del día 1° de enero de 2024 y hasta el día 31 de diciembre de 2024 inclusive, en un todo de acuerdo a lo expresado en el considerando.

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a liquidar a favor de la firma PUERTO MELO S.A., CUIT 30-71425754-0, representado por su presidente, Sr. Rafael Gentili, D.N.I. 21.354.676 las sumas de: PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($850.000.-) mensuales, para el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 al 30 de abril de 2024 inclusive; y de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($1.232.500.-) mensuales para el período comprendido entre el 1° de mayo de 2024 al 31 de agosto de 2024 inclusive y PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICINCO ($1.787.125.-) mensuales para el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2024 al 31 de diciembre de 2024 inclusive, fecha de finalización de la presente prórroga. Asimismo, el pago mensual de los servicios y expensas expresados en la cláusula séptima de la Prórroga del Contrato de Locación de fs. 146 y 147. Los pagos se realizarán mediante la confección de expedientillos, contra presentación de la correspondiente facturación..."

TERCERO: Autorízase a Contaduría General a liquidar a favor del señor Carlos Spinelli, CUIT: 20-21624843-1, la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA ($619.140.-) que se abonará junto con la primera cuota mensual del vigente contrato, y por única vez, en concepto de honorarios de Martillero Público, conforme lo estipula la cláusula Décimo Tercera de la prórroga del contrato de locación, obrante a fs. 146 y 147 .

CUARTO: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse al Presupuesto de Gastos vigente, Fuente: 110; Jurisdicción : 1110105000 y 1110108000; Cat. Prog.: 01.01.00, 01.03.00 y 01.08.00; Gasto 3.2.1.0. (Expensas), 3.1.1.0. (Luz), 3.1.2.0. (Agua) y 3.1.3.0 . (Gas).

QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tome nota Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O. y RESÉRVESE.-