Boletines/Vicente López
Decreto Nº 7641/23
Vicente López, 29/12/2023
Referencia: EXPTE - 4119-8529/2016
Visto
el acta acuerdo suscripta entre el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Vicente López, la nota de fs. 104 por medio de la cual se decidió no continuar con el Servicio Alimentario Escolar (SAE) para el año 2022, y;
Considerando
Que en fecha 2 de junio del año 2021, entre el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Vicente López, se llevó adelante la suscripción de un acta acuerdo (fs. 86/89) por medio de la cual se formalizó la continuidad del Servicio Alimentario Escolar (SAE) para el ciclo lectivo 2021, con destino a las escuelas provinciales de gestión estatal ubicadas en el Municipio;
Que el objetivo del servicio mencionado era mejorar la calidad nutricional de los alumnos, garantizando el derecho a la alimentación, a fin de optimizar sus condiciones humanas, mejorando la aptitud para el aprendizaje, y construir una sociedad más igualitaria, haciendo foco en los sectores más postergados de la misma;
Que por medio del acta acuerdo se pactó que, el Ministerio aportaba los fondos, para ser utilizados exclusivamente conforme las partidas asignadas (alimentos, combustible, equipamiento y mantenimiento, administrativos y transporte). En tanto que, por parte del Municipio se puso a disposición los recursos humanos para llevar adelante la administración y gestión de los fondos brindados, garantizando las contrataciones de los alimentos, así como también la infraestructura, servicios y mantenimiento necesarios. Todo ello con la carga de rendir cuenta al Organismo competente, debiendo facilitar en cualquier momento la información que le sea solicitada;
Que el acta acuerdo, en su clausula sexta, disponía la renovación automática del mismo, sin embargo, mediante nota dirigida al Ministerio de fecha 23 de noviembre de 2021, la que obra a fs. 104, se comunicó la decisión de no continuar con el mismo, por ello y debido a que el documento tenía validez hasta el 28 de febrero de 2022, las prestaciones continuarían hasta esa fecha;
Que tras reiteradas e infructuosas solicitudes hechas por la Secretaría de Educación y Empleo al proveedor TUX S.A. a fin de que presente la documentación requerida, se vio demorado el pago del servicio implementado en los meses de agosto y septiembre 2021 por la contratación de colaciones simples y por los meses de octubre y noviembre del mismo año por la entrega de raciones de comedor simple y desayunos – meriendas;
Que por lo expuesto en el párrafo que antecede, es que se dio inicio a los expedientes 4119-2042/2022 y 4119- 3161/2022 de Legitimo abono a favor de TUX S.A., por medio de los cuales se obtuvo reconocimiento de las deudas, llevándose a cabo los pagos correspondientes en el mes de diciembre 2022 y en el mes de mayo 2023, respectivamente;
Que de los informes contables de fs. 105/120 surge un saldo a favor del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires $27.540.344,67 (pesos veintisiete millones quinientos cuarenta mil trescientos cuarenta y cuatro con 67/100);
Que en virtud de lo expuesto, surge la necesidad de proceder a la devolución de la suma antes mencionada en relación a los desembolsos otorgados por el Ministerio aludido, lo que motiva el impulso del presente acto administrativo;
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- PROCEDER a la devolución de la suma de $27.540.344,67 (pesos veintisiete millones quinientos cuarenta mil trescientos cuarenta y cuatro con 67/100) al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º.- Por la Dirección de Tesorería, confeccionar la Orden de Devolución de Recursos, de la suma referida en el Artículo 1° del presente Decreto.-
Artículo 3º.- REFRENDAR el presente Decreto los Sres. Secretarios de Educación y Empleo y de Hacienda y Finanzas.-
Artículo 4º.- TOMAR CONOCIMIENTO las Secretarías de Educación y Empleo y de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría y Dirección de Tesorería).-
Artículo 5º.- DAR al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, ARCHIVAR.-
Fdo: Martinez-Alvarez-Viñales