Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 5076
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 26/12/2023
VISTO:
La emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos declarada por Decreto 5011/2023 con motivo de la catástrofe climática acaecida el día 16 de diciembre de 2023 en todo el territorio del Partido de Bahía Blanca y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 la Subsecretaría de Hábitat informa que habiendo iniciado las gestiones tendientes a resolver las necesidades habitacionales de emergencia en forma inmediata, en el marco del citado Decreto, se ha avanzado en el relevamiento de los vecinos y vecinas en condiciones de vulnerabilidad.
Que según surge del informe efectuado por la Agencia de Desarrollo Productivo, Innovación, Empleo y Urbanismo, se ha determinado que 300 viviendas han quedado completamente destruidas, y que de las mismas se han relevado hasta el momento los datos de 90 familias.
Que en la búsqueda de alternativas que excedan lo local surgió la posibilidad de trabajar en forma articulada con la entidad denominada "UN TECHO PARA ARGENTINA ASOCIACION CIVIL", para la obtención de soluciones habitacionales de emergencia eficaces a las demandas de vecinos en situación de vulnerabilidad.
Que la mencionada entidad es una organización social de reconocida trayectoria y capacidad operativa en trabajos de infraestructura comunitaria, con una vasta red de voluntariado, con antecedentes y experiencia nacional e internacional en brindar respuesta inmediata en situaciones como las que atravesamos en nuestra ciudad.
Que en virtud de ello, desde la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat se considera que la celebración de un acuerdo de colaboración recíproca con esa entidad es una herramienta invaluable para responder en forma eficaz a la necesidad más primaria y urgente, cubriendo en un principio las 50 soluciones habitacionales ofrecidas a través de este acuerdo, dadas las ventajas y valores vigentes en el mercado.
Que por otra parte obra informe de la Secretaría de Planeamiento Urbano, la que habiendo evaluado la situación habitacional que amerita una urgente intervención, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos municipales, sus costos y tiempos así como la de los proveedores locales, recomienda recurrir al ofrecimiento de la Asociación UN TECHO PARA ARGENTINA.
Que para tales fines se considera oportuno utilizar los fondos existentes en la Cuenta Bancaria en pesos creada en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto Nº 5037/2023, cuyos datos obran en las presentes actuaciones, la cual fue gestada para receptar donaciones efectuadas con motivo de la situación de emergencia que nos ocupa.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo de Colaboración Recíproca celebrado entre esta Comuna y la ASOCIACION CIVIL UN TECHO PARA ARGENTINA, C.U.I.T. 30-70835736-3, representada por su Director Regional, Sr. Francisco Ferrario, D.N.I. Nº 35.900.099, el cual tiene como objeto la entrega de 50 (cincuenta) viviendas de emergencia en el marco de la catástrofe climática ocurrida el pasado 16 de diciembre en el ámbito del Partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Contaduría General a librar orden de pago extrapresupuestaria por la suma de $ 192.783.700 (pesos ciento noventa y dos millones, setecientos ochenta y tres mil setecientos pesos), conforme a lo establecido en la cláusula 2ª del referido acuerdo, efectuando el pago mediante depósito y/o transferencia bancaria a la cuenta corriente en pesos del Banco Hipotecario, Nº 400000013774914, CBU Nº 0440000440000137749148, cuyo titular es la ASOCIACION CIVIL UN TECHO PARA ARGENTINA, C.U.I.T. 30-70835736-3.
ARTÍCULO 3°: La suma indicada en el artículo segundo será imputada al Recurso Extrapresupuestario 74032 -Aportes Voluntarios Emergencia Decreto Nº 5037/23-.
ARTICULO 4°: Cúmplase, publíquese, tomen nota Contaduría General, Secretaría de Economía, Unidad de Intendencia, cumpliméntese el Art. 5º del Decreto 5037/2023, demás dependencias que correspondan; dése al R.O. y RESERVESE.-