Boletines/General Villegas
Resolución Nº 340/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 03/07/2023
VISTO:
El Expediente Nº 4554/01 Alcance 1, correspondiente a la habilitación, traslado y anexo de un comercio, perteneciente a la firma Naldo Lombardi S.A., dedicado a la explotación de los rubros “Venta de Artículos para el Hogar – Mueblería – Ciclomotores – Motos y Vehículos Similares y Servicios de Créditos Personales”, a partir del 1 de septiembre de 1999, registrado como Contribuyente Nº 397; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 4554/01 Alcance 12, agregado a fojas 278, la firma solicita una nueva extensión de la habilitación provisoria.
Que a fojas 281 se agrega el Censo Nº 11074, donde se declaran diez (10) empleados, desde el 28 de enero de 2022, por lo tanto, desde esa fecha, se deberá agregar un (1) empleado en relación de dependencia.
Que el Departamento de Rentas a fojas 288, informa que el contribuyente no registra deuda.
Que se labraron Acta de Inspección Nº 12207 y Censo de Comercio e Industria Nº 11780, declarando poseer diez (10) empleados, fechadas 4 de abril de 2023 (folios 289 y 290).
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 - Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).
Que a fojas 222 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, al Contribuyente Nº 397 – NALDO LOMBARDI S.A., a partir del día 28 de enero de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resoluciones Nº 264/99, 97/07, 324/10 y 665/13 y subsiguientes renovaciones, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “VENTA DE ARTÍCULOS PARA EL HOGAR, MUEBLERÍA, CICLOMOTORES, MOTOS Y VEHÍCULOS SIMILARES Y SERVICIOS DE CRÉDITOS PERSONALES”, denominación comercial “NALDO LOMBARDI”, de la firma NALDO LOMBARDI S.A., CUIT Nº 30-69746598-3, Contribuyente Nº 397, Codificadores de Rentas Nº 62300-08, 62300-01, 62700-04 y 85301-04, NIS Nº 1054996-02 –T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Rivadavia Nº 505 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 18, Parcelas 22a y 22b, fecha de alta 1 de septiembre de 1999, contando con diez (10) empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 4554/01 Alcance 1.
ARTÍCULO TERCERO: Concédase a la firma NALDO LOMBARDI S.A., CUIT Nº 30-69746598-3, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO: La prórroga habilitación concedida en el Artículo Segundo, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO QUINTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Tercero, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también, informar que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.