Boletines/Bragado
Decreto Nº 1928
Bragado, 15/12/2023
Visto
VISTO: La solicitud de habilitación presentada por la ciudadana María Ángela Espil en el expediente municipal Nº 4195/23, correspondiente al local situado en calle Rivadavia Nº 502 de Bragado, cuya actividad funcionará bajo el rubro “verdulería”; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de bromatología, seguridad e higiene y catastral, se comprobó que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la habilitación municipal; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a inscribir bajo Habilitación Municipal Nº 10.440 el local comercial ubicado en calle Rivadavia Nº 502 de Bragado, identificado catastralmente como Circ. I - Secc. B - Mz. 112 - Parc. 14 F, donde funciona el establecimiento dedicado a RUBRO “VERDULERÍA”, propiedad de la Sra. ESPIL, MARÍA ÁNGELA, DNI Nº 39.076.607, CUIT 27-39076607-1, concediéndose provisoriamente por el plazo de 180 (ciento ochenta) días; caducando indefectiblemente el 30 de septiembre de 2.024, conforme lo establecido en el art. 7 inc. h) de la Ordenanza Nº 4884/17 y en los arts. 1 y 2 de la Ordenanza Nº 4691/15. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-