Boletines/Bragado
Decreto Nº 1860
Bragado, 11/12/2023
Visto
VISTO: Lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto-Ley Nº 6769/58 en su art. 178, el que expresamente determina que el intendente municipal tendrá como auxiliares para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes a los Secretarios del Departamento Ejecutivo; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el intendente municipal requiere de un asistente a los efectos de desarrollar, generar y promover políticas dirigidas a grupos sociales vulnerables con el propósito de asegurar la equidad social, integrando a todos los ciudadanos, como así también, proponer, coordinar y ejecutar políticas de promoción y protección integral de las niñeces, adolescencias, juventudes, tercera edad y discapacidad, entre otras; Por ello, y en el ámbito de las competencias conferidas por Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769/58;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1º.- DESIGNAR a la Sra. VILLAVICENCIO, MARÍA LUJÁN, DNI Nº 28.433.294, legajo Nº 3095 como SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la Municipalidad de Bragado a partir del 10 de diciembre de 2023. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-