Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 324/23
San Andrés de Giles, 27/10/2023
Visto
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Nº 4101- 18.341-0-2023; La Ordenanza Nº 1469, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su Sesión Ordinaria de fecha 28 de julio de 2010 y promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto Nº 993/2010; y
Considerando
Que a través de dicha norma se autoriza la venta de los materiales utilizables que se obtengan de la Planta Procesadora de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad, habiendo sido reglamentada su aplicación a través del Decreto Nº 1420/2010.
Que, a tal fin, deben aplicarse los mecanismos contemplados en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Que, con el objeto de realizar las operaciones de compraventa del material recuperado, corresponde al Departamento Ejecutivo –como autoridad de aplicación de la norma- fijar los precios de los distintos tipos de aquellos, estableciendo con certeza tales valores y posibilitando la emisión de la documentación correspondiente.
Que la Coordinadora del Área de Medio Ambiente de la Municipalidad, de la cual depende la Planta Procesadora de Residuos Sólidos Urbanos ha informado en su presentación de fecha 25 de octubre de 2023, que han sufrido modificaciones los precios de algunos materiales cuya venta se encuentra autorizada, dando origen a la formación del expediente mencionado en el visto de la presente.
Que en efecto, existe una constante fluctuación de precios, que responde al comportamiento del mercado.
Que corresponde el dictado del respectivo acto administrativo que disponga la modificación mencionada.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias y de las que le fueran conferidas por el artículo 3º, inciso a) de la Ordenanza Nº 1469/2010, el Intendente Municipal Interino
R E S U E L V E
Artículo 1º.- , Determinar los siguientes valores partir del 25 de octubre del año en curso, para los precios de los materiales recuperados que se obtengan de la Planta Procesadora de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad,:
Artículo 2º.- En virtud de lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Nº 1420/2010 –reglamentario de la Ordenanza Nº 1469/2010- todas las operaciones de compraventa de materiales recuperados que se realicen en la Planta Procesadora de Residuos Sólidos Urbanos de la Municipalidad, a partir de la fecha, se ajustarán a los valores precedentemente establecidos, los que mantendrán su vigencia en tanto no fuesen modificados por una nueva Resolución del Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º.- Los responsables de dicha Planta darán cuenta –cuando corresponda- de la necesidad de modificar los precios vigentes, informando los nuevos valores a establecer .
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese a las áreas que por la naturaleza de la norma corresponda, y archívese.