Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 308/23
San Andrés de Giles, 11/10/2023
Visto
La solicitud cursada por VIVIANA CRISTINA CONDE, registrada en la Mesa de Entradas del Municipio bajo el nro. 4101-18209/23, y
Considerando
Que a través de la misma solicita la exención en el pago del impuesto automotor del vehículo de su propiedad marca Ford Fiesta Kinetic modelo 2012, dominio KSR151.
Que funda su requerimiento, en la circunstancia que el citado vehículo se encuentra afectado al traslado exclusivo de su hijo menor de edad SANTINO TOMAS PIRIZ CONDE , quién padece una discapacidad permanente-.
Que la solicitante, no posee otro vehículo que goce de este beneficio.
Que, la eximición del pago del impuesto automotor, se encuentra contemplada en el artículo 220 del Código Fiscal, que establece los diversos casos de exenciones en el pago de dicho impuesto, encontrándose contemplada la petición del contribuyente en el inciso f) , tercer párrafo que reza: se reconocerá el beneficio por una única unidad , cuando la misma esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio: en este último caso, el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente o descendiente colateral en segundo grado, tutor o curador o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos años mediante información sumarial judicial.”
Que, la Disposición Normativo Serie B Nro. 43/06, establece la documentación a presentar por el peticionante, para hacer lugar a la exención, habiendo cumplimentado los requirentes, lo solicitado en este sentido.
Que obran en estas actuaciones, sendos informes del Sr. Director de Recaudación y Asesor Legal, de los cuáles se desprende que corresponde acceder a lo requerido.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias
R E S U E L V E
ARTICULO 1ro.:Eximir del pago del impuesto automotor a VIVIANA CRISTINA CONDE , por el vehículo de su propiedad marca Ford Kinetic modelo 2012, dominio KSR151., a partir del día 01.01.2023 y hasta tanto subsistan las razones por las cuáles se otorgó el presente beneficio.
ARTICULO 2do.: Comunicar a la Oficina de Sistemas, al peticionario, a la Dirección de Recaudación, regístrar y archivar.