Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2967/23
San Andrés de Giles, 18/10/2023
Visto
Lo solicitado por la Sra. Romero, Magaly Isabel, en carácter de Titular, con domicilio real en calle Alem nº 2110 de la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles, dando origen al expediente Nº 4101-17933/2023; y
Considerando
Que a foja 05 presentado constancia de AFIP en coincidencia con la actividad declarada.
Que a foja 93 cuenta con certificado de libre de deuda otorgado por el Juzgado de faltas.
Que a foja 84 obra el Seguro de responsabilidad civil hacia terceros de intoxicación con cláusula de no repetición.
Que a fojas 38 y 90 posee informe técnico eléctrico.
Que posee informe técnico Gas. Obrante en foja 24 y 89.
Que a foja 13 posee Certificado de Manipulación de Alimentos.
Que el puesto móvil, se ajusta en todo a las reglamentaciones vigentes para su funcionamiento, determinada en el acta Nº 026860-A, labrada por personal de la Dirección de Bromatología. Obrante en foja 100.
Que a foja 26 obra el acta de inspección Nº 000867 – A labrada por el personal de la Oficina de Comercio junto al Licenciad en Seguridad e Higiene de la Municipalidad, donde se constata que reúne las condiciones mínimas de seguridad, salubridad y funcionalidad para ser habilitado.
Que el peticionario ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener el permiso habilitante Municipal.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones legales que le son propias:
DECRETA
ARTICULO 1ro; Concédase Permiso Provisorio por 12 meses con vigencia a partir del día 18 de Octubre del año 2023 al Puesto Móvil, cuyo rubro es la Venta al por Menor de Comestible en Puesto Móvil, con nombre de fantasía “TICKTOCKERS” sito en el Partido de San Andrés de giles cuya titular es la Sra. Romero Magaly Isabel, cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:
Identificación Tributaria
Cuit: 27-95226332-9.-
Identificación de la Actividad Comercial
Fecha de iniciación de la actividad: 18/10/2023.
Actividad a desarrollar: Venta al por Menor de Comestible en Puesto Móvil.
Nombre de fantasía del comercio: “Ticktockers”.
Identificación del local comercial
Ubicación del Puesto: Queda expresamente prohibido estacionar y expender su mercadería a una distancia menor de ochenta (80) metros de comercios ubicados en forma estable y habilitados con antelación que ofrezcan a la venta iguales y/o similares mercaderías, de acuerdo a lo establecido en el Art. 12 inc. d; de la Ord. 2224.
ARTICULO 2ro; Establézcase como horario de funcionamiento para el desarrollo de la actividad de lunes a jueves de 9 de la mañana a 2 de la madrugada y los días viernes, fines de semana y feriados de 9 de la mañana a 7 de la mañana del otro día. A excepción de la participación en un evento, el cual quedará sujeto al horario en el que se desarrolle el mismo, dentro de la zona comercial administrativa los carros gastronómicos no podrá permanecer estacionados si se encuentran cerrados, salvando los fines de semana y feriados, de acuerdo a lo establecido en el art. 19 de la Ord. 2224.
ARTICULO 3ro; La presente habilitación corresponde al Nº 0017 del Registro de Inspección de Vendedores ambulantes autorizados.
ARTICULO 4º: La presente Habilitación corresponde al Nº 54574 del registro general de comercio e Industrias Municipal.
ARTICULO 4to; Entréguese copia del presente a la Oficina de Comercio, a la Oficina de Secretaría y al interesado a sus efectos.
ARTICULO 5to; Regístrese, comuníquese y archívese.-