Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2917/23

Decreto Nº 2917/23

San Andrés de Giles, 09/10/2023

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día  4 de mayo   del año  2023 , sancionó la ordenanza   Nº 2594/23 ; y

Considerando

Que en mérito a lo establecido en el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades que establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante, la norma referenciada fue promulgada por Decreto Nº 1379 dictado con fecha 11 de mayo del año en curso;

                                                                  Que la mencionada Ordenanza Nº 2594/2023 establece que las denominaciones de tres (3) calles que componen el loteo de los propietarios: Ana María Gallo y Rodolfo, Martin Gallo, cuyas características se detallan a continuación: ZONA: Cucullú, Partido de San Andrés de Giles, Buenos Aires, 6723, Argentina. PARTIDO: 94 (San Andrés de Giles) CIRCUNSCRIPCIÓN: 9 Parcela: 933E. PARTIDA: 12391SUPERFICIE DE TERRENO: 212415ESCALA: 6770.98 LATITUD: -34.44743 LONGITUD: -59.36303 MANZANAS: varias.  Superficie: 21 Ha. 24 As. 15 Cas, se harán de acuerdo al criterio acorde al croquis adjuntado a la misma:

Calle 1: Pedro Ramon Gallo

Calle 2: Julio César Rossi

Calle 3: Bartolomé Gallo Cravero

.

                                                           Que a través del artículo 2º de la ordenanza antedicha, se encomienda  al  D.E. la facultad de designar a que calle corresponde cada nombre establecido y arbitre los medios necesarios para proceder a la colocación de carteles identificatorios y demás señalización de las tres calles (3) establecidas en el croquis, del loteo descripto en el artículo 1° de la norma.

                                                           Que es voluntad del Departamento Ejecutivo brindar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente;

                                                           Que se ha dado intervención a la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares , indicando al respecto  la titular del área que,  debido a que existen calles circundantes al loteo en trámite registrado sobre la parcela con nomenclatura catastral Circ.:IX- Parc.933e-Partida 12.391, la funcionaria sugiere la designación realizada en el croquis que como anexo I se agrega, formando parte del presente Decreto, de acuerdo al siguiente detalle: la calle 1:Pedro Ramón Gallo , a la calle que se extiende, paralela a la prolongación de la calle Las Catalpas en su lado sur;  a la calle 2 :Julio César Rossi , paralela  a la calle Pedro Ramón Gallo , en su lado sur y , a la calle 3  Bartolomé Gallo Cravero , que se extiende en el sentido paralela a la prolongación de la calle Los Sauces, en su lado este.

Por todo lo expresado el Intendente Municipal Interino, en uso de las facultades legales que le son propias :

D E C R E T A

ARTICULO 1º.  En mérito a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 2594/23- Decreto de Promulgación Nº 1379/23,  designar  a las  tres (3) calles que componen el loteo de los propietarios: Ana María Gallo y Rodolfo, Martin Gallo, cuyas características se detallan a continuación: ZONA: Cucullú, Partido de San Andrés de Giles, Buenos Aires, 6723, Argentina. PARTIDO: 94 (San Andrés de Giles) CIRCUNSCRIPCIÓN: 9 Parcela: 933E. PARTIDA: 12391SUPERFICIE DE TERRENO: 212415ESCALA: 6770.98 LATITUD: -34.44743 LONGITUD: -59.36303 MANZANAS: varias.  Superficie: 21 Ha. 24 As. 15 Cas, de acuerdo al siguiente detalle detalle: la calle 1:Pedro Ramón Gallo , a la calle que se extiende, paralela a la prolongación de la calle Las Catalpas ,en su lado sur ,  a la calle 2 :Julio César Rossi , paralela  a la calle Pedro Ramón Gallo ,en su lado sur y,  a la calle 3  Bartolomé Gallo Cravero , que se extiende en el sentido paralela a la prolongación de la calle Los Sauces, en su lado este, , conforme se indica en el croquis que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2º: Encomendar a la Secretaría de Obras y Servicios,  la colocación de carteles identificatorios y demás señalización de las tres calles (3) establecidas en el en el artículo 1° y croquis adjunto..

ARTICULO 3º:  Registrar, comunicar a quien corresponda, publicar y oportunamente archivar.                                                   

                                  

Anexos

DECRETO N°2917

ANEXO

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