Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2892/23

Decreto Nº 2892/23

San Andrés de Giles, 06/10/2023

Visto

El Decreto Nº 2352 dictado por este Departamento Ejecutivo con fecha  18 de agosto de 2023; y

 

Considerando

Que mediante el referido acto administrativo, se incrementaron los valores retributivos de las guardias médicas realizadas  en el Hospital Municipal San Andrés a partir del día 1º de agosto de 2023.

                                  Que el mentado acto, se fundamenta en las dificultades para obtener profesionales de la salud que accedan a la prestación de tales servicios y en los valores con los que se retribuyen dichas guardias.

                                   Que no establecer valores retributivos acordes a la demanda de los profesionales, pone en severo riesgo el servicio de guardias lo que conlleva la posibilidad  de comprometer la salud pública en el distrito.

                                   Que el Sr. Director del Hospital Municipal San Andrés, solicita se otorgue un incremento en el valor de las guardias médicas, a partir del día 1º de octubre de 2023.

                                   Que el Departamento Ejecutivo comparte la inquietud del Sr. Director, por lo que es dable acceder al incremento requerido.

                                  Que para ello puede hacer uso de las facultades que le otorgan los  artículos 9º inc. v) y 33º inc. j), del Convenio Colectivo de Trabajo, inscripto bajo el Nº 38 del Registro del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del año 2017, Ordenanza Municipal. Nº 2061/17 del  Honorable Concejo Deliberante;

                                   Que la situación que se plantea en torno a las guardias médicas amerita la adopción de medidas de emergencia, que garanticen las prestaciones en resguardo de la salud de la población, contemplándose no sólo la reconsideración de las retribuciones sino también la reformulación de las modalidades de prestación y las vinculaciones jurídicas entre el Municipio y los profesionales.

                                   Que el artículo 107º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires establece que la administración general de la Municipalidad corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo;

Por ello, en ejercicio de las facultades que legalmente le corresponden, el Intendente Municipal interino

D E C R E T A

 

 

Artículo 1º: Fijar a partir del día 1º de octubre de 2023 los  siguientes valores  retributivos para las guardias médicas que se realicen en el Hospital Municipal San Andrés, de acuerdo al siguiente detalle:

 

a)  Guardia médica 24 hs.                           $  123.750 - de lunes a viernes

b)  Guardia médica 24 hs.                           $  142.500 - sábados, domingos y feriados

c)  Guardia médica pediátrica 24 hs.  $  123.750 - de Lunes a Viernes

d)  Guardia médica pediátrica 24 hs.  $  142.500 - sábados, domingos y feriados

e)  Guardia U.C.I  24 hs.                    $  123.750 - de lunes a viernes

f)   Guardia U.C.I  24 hs.                   $  142.500 - sábados, domingos y feriados

g)  Guardia Obstétrica 24 hs.             $  123.750 – de lunes a viernes

h)  Guardia Obstétrica 24 hs.            $  142.500 – sábados, domingos y feriados

 

Artículo 2º: Lo dispuesto por el presente decreto, tendrá vigencia a partir del día 01 de octubre de 2023.

 

Artículo 3º: Derogase a partir del día 1º de octubre de 2023,  el Decreto Nº  2352/23 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 18 de agosto de 2023,  y toda otra norma que se oponga al presente.

 

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, y Archívese.-