Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2818/23

Decreto Nº 2818/23

San Andrés de Giles, 03/10/2023

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria  celebrada el día  28 de septiembre de 2023 sancionó la ordenanza en virtud de la cuál se homologa el convenio ,  suscriptas entre la Universidad de Buenos Aires y el Municipio, cuyo objetivo es la continuidad del Centro Regional Universitario de San Andrés de Giles  ; y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal  Interino en uso de las facultades legales que le son propias:

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1º:  Promulgar la ordenanza sancionada por el H.C.D. en su sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre del año en curso, en virtud de la cuál  se homologa el convenio , el protocolo adicional y las respectivas adendas, suscriptas entre la Universidad de Buenos Aires y el Municipio, que como anexos forman parte integrante del presente acto administrativo , cuyo objetivo es la continuidad del Centro Regional Universitario de San Andrés de Giles,  a efectos de cuyo registro llevará el nº 2640/23,.

ARTÍCULO 2º:  Registrar, Publicar,  difundir , dar vista a las  áreas que corresponda y  Archivar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PR O Y E C T O  D E  O R D E N A N Z A

 

Visto:

El Expediente Nº 4101-118031/23, iniciado con motivo de la suscripción de un convenio entre la Universidad de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles ;  y

 

Considerando:

Que el mismo, ha sido suscripto por el Rector de la Casa de Altos Estudios y el Intendente Municipal de este Partido.

Que dicho convenio, tiene por objeto la continuidad del  funcionamiento en este Municipio, a partir del 1º de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025  del Centro Regional Universitario de San Andrés de Giles.

Que, el mentado Centro Regional Universitario, tiene los siguientes objetivos:

  • Incrementar las posibilidades de acceso y permanencia de los estudiantes en el nivel superior, poniendo a disposición de los mismos, un centro de estudios más cercano a sus domicilios.
  • Lograr una oferta educativa de alta calidad académica, a partir de la responsabilidad que en el diseño, ejecución y acreditación en los estudios, asumen las instituciones universitarias de reconocida solvencia y prestigio.
  • Incrementar la coordinación de acciones entre el nivel educativo medio y el superior, en concordancia con las necesidades regionales, así como desarrollar actividades de perfeccionamiento docente adecuadas a las demandas de la zona.
  • Construir un centro de vinculación de la actividad universitaria con la sociedad, atendiendo a las necesidades de formación profesional, educación permanente y asistencia técnica para la atención de los problemas zonales, en acuerdo con las autoridades y organizaciones de la comunidad, y según las áreas prioritarias definidas por el Municipio.
  • Planificar, desarrollar y evaluar investigaciones interdisciplinarias sobre problemas de la zona de influencia del Centro, facilitando igualmente las actividades de posgrado, extensión, transferencia y servicios que en cada caso se considere necesaria.
  • Brindar una formación profesional básica, que habilite para seguir estudios en diversas carreras de grado que presenten un tronco común.

                            Que, mediante la suscripción de este convenio, se consigue la continuidad de dicho Centro Universitario, puesto en marcha en el primer cuatrimestre del año 2020.

                             Que, al respecto, se han expedido las áreas Contable y Legal del Municipio, no presentando objeciones con lo actuado.

                           Que reviste una vital importancia la prolongación  de este proyecto, teniendo en cuenta la cantidad de estudiantes que han  accedido al mismo, viendo de esta manera concretado el inicio de una carrera universitaria. 

               Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a las tramitaciones de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

              Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º: Homologar  el convenio suscripto entre la Universidad de Buenos Aires, representada por el Rector Prof. Dr. Ricardo J. Gelpi y el Municipio de San Andrés de Giles, representado por el Sr. Intendente Municipal Interino Miguel Angel Gesualdi,  el protocolo adicional y las respectivas adendas , cuyo objetivo es la continuidad , a partir del 1º enero del año 2023, del Centro Regional Universitario de San Andrés de Giles., que como anexos forman parte integrante del presente acto administrativo.

Artículo 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a afectar fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación asumida por el contrato objeto de la presente, hasta la finalización de la vigencia del mismo.

Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resulte pertinente para el cumplimiento del objeto de la presente.

Artículo 4º:  Registrar. Comunicar a las áreas pertinentes en virtud de la naturaleza de la presente norma. Publicar y archivar.

 

Dada en sesión ordinaria celebrada por este Concejo Deliberante, en San Andrés de Giles el día 28 de septiembre de 2023.

 

Germán De Rossi                                                      Gustavo D. Lennard

Secretario HCD                                                         Presidente HCD

 

Anexos

decreto nº2818

convenio

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