Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2815/23

Decreto Nº 2815/23

San Andrés de Giles, 03/10/2023

Visto

El expediente Nro. 4101- 18.132-0- 2023 ; iniciado en virtud de la solicitud formulada por la Asociación Civil  Villa Espil  Cultural  Recreativa de dicha  localidad rural referente al el otorgamiento de un subsidio, destinado a solventar gastos de funcionamiento de la  Institución ; relacionados con la organización de sus festejos  Patronales en honor a San Felipe Apóstol ; y

Considerando

Que la Entidad peticionante , viene desarrollando un intensa actividad sin fines de lucro, relacionada con actividades benéficas , culturales, deportivas, educativas y sociales  en Villa Espil y zona de influencia;

                                       Que es intención del Departamento Ejecutivo concurrir en ayuda de las instituciones que ejercen su accionar en bien de la Comunidad.

Por ello, el Intendente Municipal Interino , en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º:  Otorgar a la Asociación  Civil “Villa Espil” Cultural y Recreativa, de la referida localidad rural Partido de San Andrés de Giles , un subsidio por la suma de pesos  Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) destinado a solventar gastos de funcionamiento de la Institución ; relacionados con la organización de sus festejos Patronales

 

ARTICULO 2º:  Las erogaciones que se originen en  cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá realizarse en la siguiente cuenta presupuestaria:

Fuente de Financiamiento                     110       Tesoro Municipal

Jurisdicción                            1110100000      Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                       1110115000       Secretaría de Gobierno

Categoría Programática                           01          Conducción y Planeamiento de Política de Gobierno, Cultura ,Producción ,Seguridad , Turismo y Patrimonio

Inciso                                                          5         Transferencias   

Partida Principal                                        1          Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corrientes.

Partida Parcial                                         7                                  Transferencia a otras Instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro.

ARTICULO 3º: Requerir a la Entidad subsidiada – de acuerdo a lo establecido en la legislación conexa vigente- la rendición de cuenta del destino de los fondos otorgados en el plazo de ley.

ARTICULO 4º:   Registrar, Comunicar y Archivar