Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2397
Bolivar, 30/11/2023
Visto
El Centro Regional Universitario Bolívar (CRUB), y;
Considerando
Que el Centro Regional Universitario Bolívar (CRUB), perteneciente a la Municipalidad de Bolívar, se encuentra emplazado en Av. Coliqueo;
Que el nuevo edificio inaugurado en el año 2017 posee instalaciones amplias y modernas que comprenden una superficie cubierta de 1.800 metros cuadrados, contando con un área pedagógica compuesta por 7 aulas, grupo de sanitarios que incluye uno para alumnos con necesidades especiales. Además, un área de gestión y administración (Dirección, Secretaría Preceptoría, Sala de profesores), área de actividades complementarias (Sala de informática, Biblioteca, Laboratorio), área recreativa (SUM, sala de máquinas, centro de estudiantes, centro de fotocopiado y buffet) y un Aula Magna;
Que el nuevo edificio educativo alberga carreras de diversas disciplinas, de nivel terciario como universitario, constituyendo un espacio de oportunidades para los jóvenes de la localidad y de la región;
Que en virtud de ello, el Departamento Ejecutivo considera oportuno designar al Aula Magna del C.R.U.B con el nombre de la Prof. Ana María Natiello, en reconocimiento a su labor y trayectoria docente en instituciones públicas y privadas;
Que la Prof. Ana María Natiello cursó sus estudios primarios y secundarios en el Instituto Jesús Sacramentado (IJS) obteniendo el título de Maestra Normal Nacional y sus estudios terciarios en el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica Nº 27 (ISFDyT Nº 27), recibiendo el título de Maestra Normal Superior con orientación en Enseñanza Pre-Escolar y posteriormente de Profesora de Nivel Primario;
Que prosiguió sus estudios en la ciudad de Pehuajó, obteniendo el título de Profesora en Filosofía, Psicología y Pedagogía, en el Instituto de Formación Docente y Técnica Nº 148 (ISFDyT Nº 148);
Que luego de haberse formado como docente, se inició como maestra en la Escuela Rural Nº 14 y fue maestra de grado, Directora del Nivel Primario y Representante Legal del Colegio Cervantes;
Que, asimismo, se desempeñó como Directora en las Escuelas Públicas Nº 1 y Nº 7 y en el Instituto Jesús Sacramentado como Profesora en el Nivel Terciario en las carreras de Magisterio, Periodismo y Analista en Sistemas y Profesora de Lengua en el Nivel Secundario de dicho establecimiento;
Que, además, fue Maestra Coordinadora del Centro de Capacitación, Información e Investigación Educativa (CIIE), en el cual dictó diversos cursos y talleres para docentes;
Que en este orden de méritos, la Prof. Natiello fue Inspectora de Nivel Primario en el Partido de Bolívar, Inspectora Jefe Distrital de Bolívar e Inspectora Jefe Regional con sede en Olavarría;
Que en otro orden, la Prof. Natiello fue electa Consejera Escolar Titular del Partido de Bolívar en dos períodos (2003-2007 y 2013-2015) y Concejal por el mismo Distrito, en cuatro oportunidades (2005-2009, 2009-2013, 2015-2019 y 2019-2023);
Que en atención a la talla ética, moral y profesional de la Prof. Natiello, es decisión del Departamento Ejecutivo en su carácter de titular de la Administración Municipal, designar al Aula Magna del Centro Regional Universitario Bolívar (CRUB) con el nombre de “Prof. Ana María Natiello”;
Que por tales motivos, destacables y suficientes y en reconocimiento por su prolífera y distinguida labor como educadora, se hace necesario disponer la colocación de una placa en el ingreso al Aula Magna del Centro Regional Universitario Bolívar (CRUB) con el nombre de “Prof. Ana María Natiello”;
Que el presente acto administrativo, se dicta Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, con arreglo a lo normado en el artículo 27º inc. 4 del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLÍVAR
DECRETA
Artículo 1°: Dispónese designar al Aula Magna del Centro Regional Universitario Bolívar (CRUB) con el nombre de “PROF. ANA MARIA NATIELLO”, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Artículo 2º: Apruébase la confección y colocación de una placa identificatoria, conforme lo estipulado en el artículo 1° del presente.
Artículo 3º: Encomendar a la Dirección de Educación el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 4°: Dése cuenta al Honorable Concejo Deliberante
Artículo 5°: Tome conocimiento la Dirección de Educación, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Innovación y Asuntos Estratégicos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 1/23.
Artículo 7°: Comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.